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Marco Legal Del Servicio Farmaceutico - Diego Enrique Vallejo Diaz, Santiago de Cali Valle del Cauca.,

  • Period: to

    Linea del tiempo marco legal del servicio farmaceutico

    Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
  • Ley 100 de 1993

    Ley 100  de 1993
    Con esta ley se crea el Sistema de Seguridad Social Integral en Colombia, el cual tiene por objetivo garantizar la calidad de vida de las personas de manera digna y esta a su vez se rije bajo los principios de:
    Eficiencia, Universalidad, Solidaridad, Integridad, Unidad y Participación.
    Antes de esta ley 100 de 1993 , la constitución contemplaba al Sistema nacional de Salud como beneficio publico (un favor) y no como un derecho exigible de las personas como lo es ahora.
  • Ley 212 de 1995

    Ley 212 de 1995
    Se debe contar con una persona universitaria con el titulo de Químico Farmacéutico para ejercer como Director Técnico con el fin de garantizar calidad y seguridad en los medicamentos, productos e insumos utilizados, en entidades que presten servicios en salud, desde el proceso de selección del producto, recepción, almacenamiento, distribución y farmacovigilancia.
    Ademas debe proponer proyectos encaminados hacia la salud de la población, siendo una persona idónea en el ejercicio de su profesión.
  • Ley 485 de 1998

    Ley 485 de 1998
    Se reglamenta la profesión de Tecnologo en regencia de farmacia para el apoyo en la administración de instituciones donde se distribuyan y dispensen medicamentos y demás insumos de la salud, esto sera en establecimientos de baja complejidad sea ambulatoria u hospitalaria.Este debe estar bajo la dirección Del Químico Farmacéutico.
    Las personas que podrán realizar inspección y vigilancia de establecimientos farmaceuticos, deberan tener el titulo de Tecnologo en Regencia de Farmacia.
  • Resolucion 486 de 2003

    Resolucion 486 de 2003
    En cuanto al recurso humano en el servicio farmaceutico de baja complejidad esta acargo del Tecnologo en Regencia de Farmacia, pero si no se puede contar con esta persona se podra contar con un Auxiliar en Servicios Farmaceuticos con una experiencia minima comprobada de 3 años, con su respectivo titulo
  • Decreto 2200 de 2005

    Decreto 2200 de 2005
    Regula las actividades de los procesos farmacéuticos ,desde la recepción hasta la la dispensación al publico, requisitos en cuanto a la infraestructura física según el tipo de complejidad asegurando la conservación de la calidad de los medicamentos , recurso humano idóneo.
    Habla también de la responsabilidad de prescripción de los medicamentos por parte del personal debidamente autorizado según su competencia y también de que este debe ser en la sustancia genérica y de manera legible.
  • Decreto 3616 de 2005

    Decreto 3616 de 2005
    Se establese las denominaciones del personal Auxiliar en el area de la Salud entre ellos se encuentra Auxiliar en Servicios Farmaceuticos, el cual tendra como funciones interpretacion de recetas medicas , dispensaciones de medicamentos, facturacion.
    Esta persona debe haber cursado y finalizado los programas, cumpliendo con sus perfiles ocupacionales y normas de competencia laboral para auxiliares en las areas de la salud.
  • Resolucion 1478 de 2006

    Resolucion 1478 de 2006
    En esta Resolucion se habla sobre las normas que se deben seguir los servicios farmaceuticos,que manejen sustancias que esten sometidas a fiscalizacion por parte del estado, por su complejida ya que gente inescrupulosa las utiliza para otro uso el cual no es terapeutico.
    Dentro de la norma se estipula que este tipo de sustancia requieren seguimiento, vigilancia y control. Tambien que la responsabilidad sera del Quimico Farmaceutico o del Tecnologo en Regencia de Farmacia segun sea el caso.
  • Decreto 2330 de 2006

    Decreto 2330 de 2006
    Este decreto modifica el Decreto 2200 de 2005 , como es la exclusividad por parte del Químico Farmacéutico en la preparación de formulas magistrales.
    Para la prestación de los servicios de inyectologia y toma de glicemia : estos se realizaran en lugares adecuados e independientes para comodidad del que realiza el procedimiento como para el paciente, y dotados con lo necesario, como lo son camilla, lavamanos, recipientes para los desechos según sea el tipo, y por personal calificado e idóneo.
  • Resolucion 2955 de 2007

    Resolucion 2955 de 2007
    Esta resolución modifica algunos numerales la Resolución 1403 de 2007, en cuanto a la clasificación de los establecimientos farmacéuticos como mayoristas y minoristas, en como los establecimientos que desen comercializar o vender al detal deberan cumplir con las condiciones esenciales del servicio farmacéutico y procedimientos del mismo, en cuanto a la apertura de un establecimiento minorista se debera color una valla a nunciando que funcionara.
  • Resolucion 4816 de 2008

    Resolucion 4816 de 2008
    Reglamenta el programa nacional de Tecnovigilancia el cual consiste en reportar lo eventos adversos de los medicamentos o dispositivos médicos por parte del personal implicado en el manejo después de la venta. Estos eventos de clasifican dependiendo el daño causado a la salud, estos reporte en farmacias se realiza por parte del personal administrativo en cabeza del Quimico Farmaceutico, o en su efecto por el Tecnologo en Regencia de Farmacia u Auxiliar en Servicios Farmaceutico.