MARCO LEGAL DEL EMPRENDIMIENTO

  • Decreto 410 de 1971

     Decreto 410 de 1971
    Por el cual se expide el Código de Comercio.
  • Ley 29 de 1990

    Ley 29 de 1990
    Por la cual se dictan disposiciones para el fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico y se otorgan facultades extraordinarias.
  • Ley 344 de 1996

    Ley 344 de 1996
    Por la cual se dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se conceden unas facultades extraordinarias y se expiden otras disposiciones.
  • Ley 905 de 2004

    Ley 905 de 2004
    Por medio de la cual se modifica la Ley 590 de 2000 sobre promoción del desarrollo del micro, pequeña y mediana empresa colombiana y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1014 de 2006

     Ley 1014 de 2006
    De fomento a la cultura emprendedora.
  • Ley 1286 de 2009

    Ley 1286 de 2009
    Por la cual se modifica la LEY 29 DE 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1192 DE 2009

    Decreto 1192 DE 2009
    Por el cual se reglamenta la Ley 1014 de 2006 sobre el fomento a la cultura del emprendimiento y se dictan otras disposiciones.
  • ARTÍCULO 72

    ARTÍCULO 72
    El Ministerio de Comercio, industria y Turismo, a través de su entidad adscrita impulsa, o quien haga sus veces, priorizará por lo menos una (1) vez por año un (1) programa especial destinado al fortalecimiento de empresas o desarrollo de emprendimientos de origen rural de pequeños productores.
  • ARTÍCULO 71

    ARTÍCULO 71
    La Escuela Superior de Administración Pública participará, en su calidad de entidad integrante del Sistema de Ciencia, Tecnología e Innovación, en el diseño, elaboración y ejecución de políticas, programas y proyectos destinados a fomentar la creación, invención, cambio y alternativas de mejoramiento de los conocimientos científicos y habilidades tecnológicas.
  • ARTÍCULO 60 PROMOCIÓN DEL EMPRENDIMIENTO EN BENEFICIARIOS ICETEX

    ARTÍCULO 60 PROMOCIÓN DEL EMPRENDIMIENTO EN BENEFICIARIOS ICETEX
    Créese un Fondo Especial, que será administrado por ICETEX, con recursos provenientes del Presupuesto Nacional, aportes de ICETEX y/u otras entidades del orden regional, nacional o internacional, destinado a apoyar a quienes sean o hayan sido beneficiarios de programas de ICETEX y que sean admitidos en alguno de los instrumentos y/o programas de fomento y apoyo al emprendimiento del Gobierno Nacional.
  • Artículo 3 de la Ley 2069 de 2020

    Artículo 3 de la Ley 2069 de 2020
    Tarifas diferencias sobre el impuesto departamental de registro se incorporan dos parágrafos al artículo 230 de la Ley 223 de 1995, a través de los cuales se crean tarifas diferenciadas sobre el impuesto departamental de registro, de las cuales se beneficiarán las microempresas.