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Se lleva a cabo en Jomtien, Tailandia una convención donde se establece dicha declaración bajo el ideal de "Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje".
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Se establecen el Artículo 13, Artículo 47, Artículo 54 y Artículo 68 donde se establecen los derechos de las personas con discapacidad y las minorías, se presenta la necesidad de protección por parte del Estado, así como el compromiso de brindar educación sin discriminación. (Consulte los artículos)
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Se establecen políticas integrales para las personas con discapacidad en el área iberoamericana.
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Se establecen normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, las cuales sirvieron como instrumento de formulación política.
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3 de diciembre día nacional de las personas con discapacidad.
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Donde se determinan principios, políticas y prácticas para las NEE.
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Trata sobre la posibilidad de ejercer el derecho al sufragio.
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Donde se abarcan diferentes temas de protección social y sostienen que las personas con discapacidades merecen una atención especial.
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Trata del establecimiento de mecanismos de integración social para las personas con discapacidad.
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Trata de la creación de programas de la red de solidaridad a poblaciones y personas con discapacidad.
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Se realiza la convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.
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Donde se establece que la discapacidad es un asunto, de igual manera, relacionado con los Derechos Humanos.
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Donde se crea un compromiso para aunar fuerzas en la creación de ordenamientos jurídicos a favor de la discapacidad.
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Donde se trata acerca de las Políticas integrales para las personas con Discapacidad en el área iberoamericana.
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Se ratifica en Colombia la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (Guatemala, 1999).
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Artículo 42 protege a las personas con discapacidad
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Trata de la equiparación de oportunidades para personas con discapacidad
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Convención de las personas con discapacidad. Buscaba promover, proteger y garantizar el disfrute pleno de los derechos humanos por parte de las personas con discapacidad.
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El Código de Infancia y Adolescencia se ocupa de los artículos 36, 43, 44, 46 y 142 para la protección de los menores con discapacidad.
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Donde se resalta la importancia de la participación de la sociedad civil en el seguimiento de los compromisos relacionados con la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad.
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Resolución 62/127: Aplicación del Programa de Acción mundial para las Personas con Discapacidad.
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A través de esta ley se aprueba la Convención de las Personas con Discapacidad (ONU, 2006)
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Los Artículos 13, 51, 114 y 136 conciernen a las personas con discapacidad (Consulte los artículos).
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Trata sobre las obligaciones del Estado de generar mecanismos de atención preferencial para las personas con discapacidad.
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Plan Nacional de desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, Artículo 3 Pacto 13. Por la inclusión de todas las personas con discapacidad.
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Mediante la cual se establecen las disposiciones para garantizar el ejercicio de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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Define los lineamientos , estrategias y recomendaciones que permitan avanzar en la implementación de la Política Pública de discapacidad e inclusión Social.
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Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país".
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La cual sanciona penalmente la discriminación por discapacidad.
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Se dictan disposiciones en cuanto a promoción y protección de la Participación ciudadana por parte de las personas con discapacidad.
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Por medio de la cual se estable la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y en el Artículo 7 se cobijan a los y las menores con discapacidad.
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Por medio del cual se adiciona el Título 3 a la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único reglamentario del Sector Administrativo del Interior, denominado de las personas con discapacidad y se adiciona un capítulo sobre medidas para las creación y funcionamiento de las organizaciones de personas con discapacidad que las representen.