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Reglamentación de las aguas y cauces, declaración de reservas y agotamientos - permisos obligatorios de vertimientos
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Fija los procedimientos y las medidas para la regulación y control de los vertimientos. Se dictan medidas sanitarias - Protección del medio ambiente y control sanitario de usos del agua.
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Establece criterios de calidad de los cuerpos de agua en función de sus usos potenciales y determina límites máximos permisibles de sustancias de interés sanitario y ambiental, contenidas en los vertimientos.Se refiere al uso del agua y residuos líquidos.
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Establece la competencia de los municipios para asegurar la prestación eficiente del servicio domiciliario de alcantarillado. Se establece el Régimen de los Servicios Públicos Domiciliarios.
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Reglamento Técnico para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS.
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Se refiere a las cuencas hidrograficas, establece obligatoriedad de desarrollar correspondientes planes para uso sostenible de recursos naturales.
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Plan de Manejo integral de aguas residuales de acuerdo con los lineamientos del CONPES 3177 de 2002.
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Reglamenta tasas retributivas por la utilización directa del agua como receptor de los vertimientos puntuales.
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Reglamenta planes de saneamiento y manejo de vertimientos puntuales.