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LOS MASC

  • Promulgación por Francisco de Paula Santander

    Promulgación por Francisco de Paula Santander
    Ley 13 de 1825, promulgada por Francisco de Paula Santander, la conciliación como requisito de procedibilidad para acudir a la mayoría de los tribunales judiciales.
  • conflictos colectivos

    conflictos colectivos
    Ley 120 de 1921, por medio de la cual se aplicó a los conflictos colectivos, de manera meramente voluntaria; norma a la cual siguieron los decretos 2158 de 1948, 2663 y 3743 de 1950
  • posibilidad de conciliar

    posibilidad de conciliar
    Decretos 2279 de 1989, cuyos artículos 49 y 50 establecieron la posibilidad de conciliación extrajudicial en las controversias susceptibles de transacción.
  • Descongestionar los despachos judiciales

    Descongestionar los despachos judiciales
    Ley 23 de 1991, con un estudio e implementación más juiciosos de la figura y con el propósito de descongestionar los despachos judiciales, reglamentó los centros de conciliación extrajudicial y legalizó los trámites conciliatorios.
  • Inicio de los métodos alternativos de solución de conflictos

    Inicio de los métodos alternativos de solución de conflictos
    Ley 446, en 1998, llegamos a lo que se puede denominar el inicio de la época moderna de los métodos alternativos de solución de conflictos en Colombia.
  • Norma que organizó de manera sistemática todos los aspectos de la conciliación

    Norma que organizó de manera sistemática todos los aspectos de la conciliación
    Ley 640 de 2001, norma que organizó de manera sistemática todos los aspectos de la conciliación, tales como los conciliadores, los centros de conciliación, la clasificación de las conciliaciones, las materias conciliables y, lo más relevante, estableció la conciliación como requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción ordinaria.
  • Se regula la conciliación

    Se regula la conciliación
    Ley 1285 de 2009 y su decreto reglamentario 1716 de 2009, por medio de los cuales se regula la conciliación en materia de lo contencioso administrativo y se establece como requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción.