Derecho civil roma

LOS ANTECEDENTES DEL DERECHO CIVIL

  • VIDA DEL DERECHO ROMANO
    753 BCE

    VIDA DEL DERECHO ROMANO

    La etapa de la creación de la primera vida del Derecho Romano, inicia con la fundación de la ciudad de Roma
  • LEY DE LAS XII TABLAS
    451 BCE

    LEY DE LAS XII TABLAS

    Lo que de ellas se sabe, es que fueron las primeras leyes que contenían las disposiciones básicas a cargo de diez magistrados. Se reglamentaban tanto derecho público como derecho privado
  • PRIMERA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO
    304 BCE

    PRIMERA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO

    La función jurisprudencial se fué secularizando, cuando Cneo Flavio publicó las fórmulas procesales.
  • LEY HORTENSIA
    287 BCE

    LEY HORTENSIA

    Las doce tablas eran obligatorias para los plebeyos, pero en este año por disposición de La Ley Hortensia, se declararon obligatorias para todos los ciudadanos, adquiriendo así el carácter de ley.
  • SEGUNDA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO
    254 BCE

    SEGUNDA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO

    El primer pontífice plebeyo Tiberio Coruncanio, comenzó a dar consultas públicas sobre materias de Derecho.
  • TERCERA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO
    204 BCE

    TERCERA ETAPA DE DESACRALIZACIÓN DEL DERECHO

    Sexto Elio Peto, publicó su Tripertita, obra en tres libros, que constituye el primer tratado sistemático de Derecho, refiriéndose a las XII tablas, su interpretación y a las fórmulas procesales (Ius Aelianium)
  • Period: 27 BCE to 284

    DIARQUÍA

    Se inicia con el advenimiento de Augusto al poder y finaliza con la proclamación de Diocleciano como emperador. Durante este periodo, la labor de los comicios se torna nula. El emperador obtiene mayor poder hasta reunir todos los cargos públicos y emite medidas legislativas que conocemos como constituciones imperiales.
  • EDICTO DE ADRIANO
    130

    EDICTO DE ADRIANO

    Por orden del emperador Adriano se publican edictos en colección con el nombre de Edicto Perpetuo, también conocido como Edicto de Adriano o Edicto de Salvio Juliano, el cual es una codificación del derecho emitido por los pretores, conocida no completamente a través del Digesto de Justiniano.
  • Period: 196 to 295

    CÓDIGO GREGORIANO Y HERMOGENIANO

    Ambos códigos surgen en la época de Diocleciano y eran de carácter privado. El Código Gregoriano contiene constituciones imperiales. Y el código Hermogeniano complementa al anterior e incluye constituciones de 291 a 324.
  • EDICTO
    212

    EDICTO

    Caracalla publicó la Constitución Antoniniana de Civitate, que otorgó la ciudadanía a todos los habitantes libres del imperio, siendo un edicto
  • LEY DE CITAS
    426

    LEY DE CITAS

    Durante los reinados de Valentiniano III en Occidente y Teodosio II en Oriente, se publicó una colección de jurisprudencia, la famosa Ley de Citas, que señala a las opiniones de Gayo, Papiniano, Paulo, Ulpiano y Modestino como vigentes y susceptibles de ser aducidas a juicio.
  • CÓDIGO TEODOSIANO
    438

    CÓDIGO TEODOSIANO

    Se publicó una codificación de carácter oficial, llamada Código Teodosiano, la cual consta de 16 libros y contiene ordenadas y clasificadas, las constituciones emitidas desde la época de Constantino hasta ese momento.
  • EDICTO DE TEODORICO
    503

    EDICTO DE TEODORICO

    El edicto de Teodorico se debe a Teodorico, rey ostrogodo. Está dividido en 155 capítulos y contiene disposiciones tomadas de los Códigos Gregoriano, Hermogeniano y Teodosiano. La obra trata problemas de Derecho público y Derecho criminal. Este edicto se aparta del principio de personalidad y adopta el de territorialidad en cuanto a su aplicación, ya que debía ser observado por los bárbaros y Romanos.
  • LEY ROMANA DE LOS VISIGODOS
    506

    LEY ROMANA DE LOS VISIGODOS

    La Ley Romana de los Visigodos fué compuesta por Alarico II, conocida también como Breviario de Alarico. Formada por constituciones imperiales de Teodosio, parte de las instituciones de Gayo, de las sentencias de Paulo y de las Respuestas de Papiniano. Las secciones se presentan acompañadas de comentarios o interpretaciones que tienden a aclarar el texto y de adecuarlo a las necesidades del momento.
  • LEY ROMANA DE LOS BORGOÑONES
    516

    LEY ROMANA DE LOS BORGOÑONES

    La ley Romana de los Borgoñones, conocida también con el nombre de Ley Gambeta, elaborada por el rey Gundobado. Esta ley tuvo una vigencia efímera de medio siglo.
  • CÓDIGO CIVIL DE 1870

    CÓDIGO CIVIL DE 1870

    Se dictaron las leyes relativas a la colonización y las compañías deslindadoras para regular la situación de los terrenos baldíos o del dominio nacional a fin de que una vez deslindados, medidos, fraccionados y valuados fueran transmitidos en propiedad por el estado a los extranjeros y a los nacionales que quisieran establecerse en ellos, mediante el pago de una tercera parte de su valor y con estímulos fiscales.
  • CÓDIGO CIVIL DE 1884

    CÓDIGO CIVIL DE 1884

    Fué el modelo para que en diversos estados de la federación se promulgaran códigos civiles. Acoge el concepto romano de propiedad como "el derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitación que las que establecen las leyes". El estado tiene obligación de respetar y proteger la propiedad privada como derecho del hombre y del ciudadano.
  • CÓDIGO CIVIL DE 1928

    CÓDIGO CIVIL DE 1928

    Código que se caracteriza por constituir la más fuerte reacción contra el individuo dentro de los códigos occidentales, considerada como una gran obra legislativa de la época, consecuencia de que el proyecto fué elaborado por eminentes juristas.