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El antecedente más antiguo sobre el Derecho Civil lo encontramos en la época del Imperio Romano, donde coexistian dos tratados que regulaban el Derecho Civil: el ius civile, trataba sobre el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basados en sus propias relaciones, mientras que el ius gentum se basaba en la relciones existentes entre los ciudadanos romanos y los ciudadanos de otros pueblos. -
Fue realizada por orden del emperador bizantino Justiniano I y dirigida por el jurista Tribonia. Es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romana. -
El inicio del Derecho Civil se da con la publicación de las XII tablas. Se distinguía entre el Ius Civile y Ius Gentium, el contenido en esta ley comprendía todo el derecho en Roma, privado y público. -
Obtiene relevancia a partir de las Decretales de Gregorio IX. Este derecho no se limitaba a regular el fuero de los fieles, sino a aspectos de la vida ordinaria y los principios espirituales. -
Son un cuerpo normativo redactado en Castilla durante el reinado de Alfonso X con el objetivo de conseguir uniformidad jurídica en su reino.
Los artículos 4,5,6 van relacionados con el Derecho Civil. -
Conjunto de leyes que pretendía dotar de estabilidad política a los cambios revolucionarios de 1789. -
El primer código civil que se promulgó en México y en hispanoamérica y el tercero en el continente americano fue el de Oaxaca, un instrumento jurídico inspirado en el código civil napoleónico, promulgado entre 1827 y 1829, y vigente hasta 1837,fecha en que la administración centralista de Ignacio de Goytia lo derogo. -
Desconocimiento de personas o asociaciones religiosas. El matrimonio como contrato social. Registro Civil.
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La facultad de expedir códigos le correspondía a los estados, fue la federación la que tomo la iniciativa codificadora. Benito Juárez le encarga a Justo Sierra elaborara un proyecto de Código Civil, integrada por 4 libros, contaba con 4126 artículos. Fue terminada en 1860 y fue adoptada por el estado de Veracruz-Llave por decreto el 5 de diciembre de 1861. -
Dentro de las Leyes de Reforma, se promulga la Ley de Matrimonio y la Ley del Registro Civil.
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Se encarga al jurista Justo Sierra la elaboración del primer Código Civil y se decreta como tal el 5 diciembre 1861. -
Fernando de Jesus Corona elabora el primer Código Civil para el Estado de Veracruz, conocidos como Códigos Corona. -
Con el gobierno republicano se adopta nuevamente una estructura federal. Se realizan codificaciones en algunos estados de la República, tales como Veracruz en 1868 presentado por el Presiden del Tribunal Superior de Justicia C.Lic. Fernando de Jesús Corona, El Código Civil de 1870 aprobado por el Congreso de la Unión para el Distrito Federal y Baja California Sur, coincidiendo con el triunfo del modelo político liberal que se consolidó con el de 1884.
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Se promulga el primer Código Civil para el DF y el estado de Baja California. -
Se nombró una Comisión para llevar a cabo una revisión del Código Civil en el cual se realizaron varias reformas. -
Se introduce el divorcio por mutuo consentimiento y la libertad testamentaria. Se aprobó el 24 de mayo de 1884, el cual estuvo vigente hasta 1932. -
Se promulga la Ley de Divorcio que autorizaba el divorcio desvinculatorio. -
Se expide la Ley sobre relaciones familiares que establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, regulación sobre paternidad, adopción, patria potestad, pensiones alimentarias, patrimonio familiar, etc. -
Se expide el Decreto para reformas al Código Civil. -
El derecho civil tuvo modificaciones durante la revolución. En diciembre de 1914 se promulgó la Ley del Divorcio, en abril de 1917 La Ley de Relaciones Familiares, los principios de la nueva Constitución Política de 1917 hicieron necesaria la revisión del Código Penal. Elaborado por los abogados Ángel García P. e Ignacio García T. entre otros con el título:Código Civil para el Distrito y Territorios Federales en Materia Común y para toda la República en Materia Federal entrando en vigor en 1932.