Linea del tiempo, educación inclusiva

  • Ley 115

    Ley 115

    El capítulo 1. Del título III (artículos del 46-49) Prevé la “Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales”, la que plantea que la educación para estos grupos “…es parte integrante del servicio público educativo” Art. 46 y que “el Estado apoyará a las instituciones y fomentará programas y experiencias orientadas a la adecuada atención educativa..” art.47
  • Decreto 2082

    Decreto 2082

    Reglamenta la atención educativa de personas con limitaciones o capacidades excepcionales
    En su desarrollo se formuló lo correspondiente al Plan de cumplimiento Gradual de Atención Educativa a estas personas.
  • Ley 361

    Ley 361

    Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la personas con limitación y se dictan otras disposiciones"
    Título II. Capítulo 2 Educación .Artículos del 10-17
  • Decreto 3011

    Decreto 3011

    "Por el cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones". cognoscitivas, emocionales o con capacidades o talentos excepcionales".
    Capítulo 9. Parágrafo se menciona: "Los programas de educación básica y media de adultos, deberán tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto 2082 de 1996 y demás normas concordantes, en relación con la atención educativa de las personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas
  • Decreto 3020

    Decreto 3020

    Se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución 2565 MEN

    Resolución 2565 MEN

    Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales
  • Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

    Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad

    El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
  • Ley 1145

    Ley 1145

    Organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y dicta otras disposiciones
    Objetivo: impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los Derechos Humanos.
  • Decreto 366

    Decreto 366

    Se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad,con capacidades y con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva. Aplica a las entidades territoriales certificadas para la organización del servicio de apoyo pedagógico para la oferta de educación inclusiva a los estudiantes que encuentran barreras para el aprendizaje y la participación por su condición de discapacidad
  • Directiva Ministerial

    Directiva Ministerial

    Para la aplicación del decreto 366 de 2009,Orientaciones para el uso de recursos adicionales para servicios de apoyo a estudiantes con NEE
  • Ley 1448

    Ley 1448

    Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.Artículo 13. ED. El principio de enfoque diferencial reconoce que hay poblaciones con características particulares en razón de su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad. Por tal razón, las medidas de ayuda humanitaria, atención, asistencia y reparación integral que se establecen en la presente ley, contarán con dicho enfoque
  • Ley 1618

    Ley 1618

    Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad Artículo 11. DERECHO A la educación. El Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con NEE, fomentando el acceso y la permanencia educativa con calidad, bajo un enfoque basado en la inclusión del servicio educativo.
  • CONPES 166

    CONPES 166

    Establecida en el Documento CONPES 80 de El objetivo es precisar los compromisos necesarios para la implementación de la política como parte del Plan Nacional de Desarrollo , “Prosperidad para Todos”. Busca definir los lineamientos, estrategias y recomendaciones que con la participación de las instituciones del Estado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, permitan avanzar en la construcción e implementación de la Política Pública de Discapacidad e Inclusión Social - PPDIS
  • Auto 173

    Auto 173

    Seguimiento a las órdenes proferidas por la Corte Constitucional en el auto 006 de 2009.
    Inclusión de enfoque diferencial en discapacidad en la política pública sobre desplazamiento forzado.
    Derecho a la educación inclusiva
  • Circular 01

    Circular 01

    Del Viceministerio de Educación Preescolar, Básica y Media, para las Secretarias de Educación Departamentales, Distritales y Municipales de entidades territoriales certificadas
    Orientaciones para el reporte efectivo en el Sistema Integrado de Matricula (SIMAT) de los estudiantes con discapacidad.