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Se establece que todos los individuos como instituciones deben de respetar la vida privada de los individuos, así como correspondencia, domicilio, etc.
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De esta derivó que México estuviera en la Red Iberoamericana de Protección de Datos.
En ésta Red Iberoamericana el objetivo era crear leyes para la protección de los datos y así garantizar a las personas que sus datos estarán protegidos. -
El 30 de noviembre el Pleno del Ifai da a conocer mediante la resolución 1189/05 que las actas de matrimonio, nacimiento y defunción no son considerados información confidencial y no se puede negar el otorgarlos.
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Dicha modificación aprobada por la Cámara de Cenadores, al artículo 16 fue con el fin de reconocer el derecho de la protección de datos y posteriormente sería enviado a la Cámara de Diputados.
Al dar por aprobada la modificación a los derechos ARCO: acceso, ratificación, cancelación y oposición. -
Se plantea una reforma al artículo 16 Constitucional que es aprobado por el Senado el 4 de diciembre de ese año y el 11 de diciembre por la cámara de Diputados.
Su principal objetivo fue el que la protección de Datos personales quedara establecido en nuestro país y así se extendiera a todos los niveles y protegiendo los datos del sector privado. -
Se reforma el artículo 16 Constitucional y se reconoce la plena protección de los datos personales con los derecho ARCO y con ello se sientan las bases para poder crear una Ley Federal de Protección de datos en posesión de los particulares.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación la entrada en vigor la Ley Federal de Protección de datos en posesión de particulares y convierte al Ifai en la autoridad nacional en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
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El día 7 de febrero el Ejecutivo Federal decreta que se modifica el artículo 6, apartado A, fracción VIII.
Establece que la Federación contará con un organismo totalmente autónomo que será el encargado de cuidar de los datos personales. -
El 5 de mayo entra en vigor la Ley General de Transparencia y Acceso a la información pública y con ello se crea el INAI
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El decreto comunicaba que se le agregaban un segundo párrafo al artículo sexto Constitucional, y se menciona la protección de datos más no el derecho de acceso a la información.