
LÍNEA DE TIEMPO SOBRE LA EVOLUCIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Y NORMATIVIDAD LEGAL EN COLOMBIA
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En este día Simon Bolivar señaló que: «El
sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce
mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad
social y mayor suma de estabilidad política». -
El general Rafael Uribe Uribe fue el primero en plantear ideas sobre la salud de los trabajadores en el teatro municipal de Bogotá. Ademas pidio que se indemnizara a los trabajadores que sufriera accidentes o enfermedades de trabajo; aduciendo con lo siguiente "si un soldado que cae en un campo de batalla, o de por vida queda lisiado, porque si se le indemniza y a un trabajador que pierde su capacidad laboral en su batalla diario por la vida no se le indemniza".
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La Ley 57 de 1915 también conocida como la Ley del General Rafael Uribe Uribe, consagra las prestaciones económico-asistenciales y la responsabilidad del empleador como por ejemplo el pago o la implementación de indemnizaciones durante el tiempo de la incapacidad del trabajador, la asistencia médica y las 2/3 partes de su salario y esta ultima podria ser total dependiendo el grado de incapacidad parcial definitiva. Y en caso de muerte la indemnización será para algún familiar legítimo.
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Con esta ley se dicta medida de salubridad pública y se provee a la existencia de habitaciones higiénicas para la clase proletaria, como se estipula a traves del articulo 1° en el cual, se prohibe arrendar habitaciones, casas, piezas, accesorias y cualquier otra clase de edificios que no cumplan con las condiciones higienicas estipuladas por la Dirección General de Higiene y multas para quienes incumplan la ley. Todo esto fue implantado por la Dirección General de Higiene en Bogotá.
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Con esta Ley se estableció un seguro de vida colectivo para los empleados
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Se reglamenta la enfermedad profesional, auxilios de cesantías, vacaciones y contratación laboral.
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El congreso de la republica decreta por medio del articulo 1° la creación de un nuevo despacho del Organo ejecutivo denominado Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social y por consiguiente asi como se expresa en el articulo 6° tan pronto entre en funcionamiento el Ministerio anteriormente mencionado queda eliminado como departamento independiente el D epartamento N acional de Higiene.
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Con este decreto se adoptaron nuevas medidas que mejoraran la relación entre patrones y asalariados, garantizando a los trabajadores la equitativa retribución de sus servicios. decretandose por parte del gobierno salarios mas dignos, mejores jornadas laborales con recargos extras y la aplicacion de nuevas prestaciones como por ejemplo; indemnizaciones por accidente, enfermedades profesionales gastos de entierro, vacaciones remuneradas y el derecho a pertenecer a asociaciones sindicales
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Con esta ley se dictan disposiciones relacionadas a las convenciones de trabajo, conflictos colectivos, jurisdicción especial de los asuntos del trabajo y asociaciones profesionales; con esta ultima, el gobierno garantiza a los trabajadores y patronos el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando sindicatos. Cabe destacar que a esta ley se le hicieron varias modificaciones por los decretos 1600 y 1848 del año 1951
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Con esta Ley se establece el seguro social obligatorio y se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales. Pero pues cabe destacar que la mayoria de los artículos expuestos en esta Ley fueron derogadoss por el Decreto 433 de 1971.
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Esta oficina se creo segun el articulo 2° de esta ley, con el fin de vigilar el cumplimiento de los estatutos establecidos sobre los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, el trabajo de las mujeres y la proteccion de los menores en las industrias; ademas de hacer cumplir los estatutos sobre la duración de la jornada de trabajo y las labores peligrosas.
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Se establecen políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo surgiendo estas estructuras como compensación a una situación de desamparo de los trabajadores por parte de empresas privadas y públicas, en donde no se daba pleno cumplimiento al pago de las llamadas prestaciones patronales.
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Estas medidas sanitarias fueron aplicadas en primera medida al cuidado o protección del medio ambiente controlando el uso del agua y el vertimiento de los residuos liquidos, solidos, excretas y la calidad del aire; ademas se estabecen estatutos sobre salud ocupacional con el fin de preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones según lo emitido por el articulo 80° y el 81° el cual menciona que la salud de los trabajadores es indispensable para el desarrollo del país
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con este estatuto se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajos, todo esto con el fin de preservar y mantener la salud física y mental, prevenir accidentes y enfermedades profesionales para asi lograr las mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes actividades.
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Con este decreto se determinaron las primeras bases relacionadas con la salud ocupacional, las cuales fueron derogadas por el Decreto 1295 del 1994 con el cual se reglamento el nuevo sistema de riesgos profesionales; de los artículo vigentes del decreto 614 se encuentra el propender el mejoramiento y mantenimiento de las condiciones de vida y salud de la población trabajadora, protegiendolos de los riesgos de los agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales, mecánicos y eléctricos.
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Con esta ley se reglamenta la organización y funcionamiento de los comites de Medicina, Higiene y Seguridad Industrila en los lugares de trabajo.
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Con esta resolución es establece el funcionamiento de los Programas de Salud Ocupacional en las empresas, siendo esto establecido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y de Salud que todas las empresas ya sea públicas o privadas que tuvieran mas de diez trabajadores estaban obligados a conformar un comité de Medicina, Higiene y Segurida Industrial; todo esto con el objetivo de desarrollar actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de trabajo.
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Con la llegada del Sistema de Seguridad Social se garantizó los derechos de las personas y la comunidad con el fin de brindar una calidad de vida acorde con la dignidad humana según lo mencionado por el artículo 1° por medio de nuevo derechos como el sistema general de salud, el sistema general de pensiones y el sistema general de riesgos profesionales; con este sistema se obligó al empleador a cubrirle al asalariado prestaciones de carácter económico, de salud y servicios complementarios.
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Con este Decreto-Ley se establecen las funciones del Sistema General de Riesgos Profesionales las cuales son prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan; dejando a un lado un sistema enfocado hacia la reparación de daños y haciendo mas enfasis en los programas de prevención y evaluación de riesgos, por lo que nacen las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP).
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A través de esta Ley se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar por consiguiente la protección social con el fin de disminuir la vulnerabilidad y mejorar la calidad de vida de los colombianos y asi obtener como minimo el derecho a la salud, pensión y trabajo.
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Se aplican con esta Ley los informes de accidentes de trabajo y de enfermedad profesional con el fin de llevar estadistica anuales de los sucesos, siendo esto provisto por las entidades administradoras de riesgos profesioanles; aplicandose esto a los empleadores y empresas públicas, privadas y mixtas que funcionen en el país.
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Con el objetivo de definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejamenes, trato desconsiderado y ofensivo que se le de al empleado por parte del empleador o jefe, se establece en este estatuto las medidas preventivas y/o correctivas; como por ejemplo, la víctima debe poner en conocimiento al inspector de trabajo su situación de acoso laboral para que asi este pueda conminar al empleador y este realice programas pedagógicos de relaciones interpersonales.
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Esta Ley modifica la resolución 634 de 2006, señalando que todas las personas que, de acuerdo con la ley estén obligadas a efectuar aportes al Sistema de la Protección Social, incluidas las personas que contando con ingresos, estos no provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, deberán hacerlo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, bien sea en su modalidad electrónica o en la asistida
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Mediante esta ley se realizan modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud con el fin de mejorar la prestacion de los servicios. Es por esto que se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, racionalización y fortalecimiento en los programas de salud pública
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El ministerio de Protección Social, reglamenta la investigación de los incidentes y accidentes de trabajo con el objetivo de prevenir la ocurrencia de nuevos eventos para asi mejorar la calidad de vida de los trabajadores y la productividad de las empresas.
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Elaboración de las evaluaciones médicas ocupacionales con el fin de obtener un diagnostico de las condiciones de salud de los trabajadores y asi diseñar programas de prevención de enfermedades profesionales.
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En esta Ley se enumeran las enfermedades profesionales. En este decreto, se relacionan 42 enfermedades profesionales, todas ellas reconocidas por la OIT, OMS y otros organismos multilaterales, y con una clara relación causa-efecto.
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Se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y asi definir las directrices que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo.
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en este Decreto se establece que el Sistema de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales esta conformado por los siguientes componentes: A) Sistema de Estándares Mínimos, B)Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, C) Sistema de Acreditación y D) Sistema de Información para la Calidad.
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Con este Decreto se modifica el Decreto 1072 de 2015, decretando lo siguiente: Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) a más tardar el 31 de enero de 2017.
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Con este decreto se modifica el artículo 2.2.4.6.37. del Decreto 1072 de 2015 Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo, sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) el cual ha habia sido modificado por el Decreto 0171 del 2016