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Art. 1-19
Normas sobre Catastro, Impuesto Predial -
Se dictan normas sobre catastro e impuestos sobre la propiedad raíz, se dictan otras disposiciones de carácter tributario, y se conceden unas facultades extraordinarias
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Por la cual se concede una autorización a los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado en el Distrito Capital
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La presente ley regula la forma especial de dominio, denominada propiedad horizontal
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se adopta el Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y Turístico,
Cultural e Histórico de Santa Marta. -
se dictan normas tributarias de control y para la competitividad
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Por el cual se concede al señor alcalde del distrito especial, industrial y portuario de Barranquilla autorizaciones precisas y pretensores para celebrar los contratos y convenios necesarios para trasferir al fondo de restauración, obras e inversiones hídricas distritales foro hídrico de Barranquilla, establecimiento público de orden distrital, recursos del impuesto predial unificado adicionales a los previstos en el artículo 34 del estatuto tributario distrital