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La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual representa “un estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones”.
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El artículo sexto constitucional menciona que: "El derecho a la información será garantizado por el Estado".
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Con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, surge así el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI) el cual, es un organismo descentralizado. Se dedica a:
-Salvaguardar el derecho ciudadano de acceso a la información.
-Orientar en cuanto a los organismos de gobierno que han establecido sus propios procedimientos de acceso a la información. -
En el cual se
establecieron los principios generales
que rigen el tratamiento de datos
personales en posesión de los entes
públicos (consentimiento, información,
seguridad, calidad, etc.). -
Es a partir de la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
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Considera como obligaciones para los entes
públicos federales: Obtener el consentimiento
del titular para poder tratar sus datos
personales, informar a los particulares los
propósitos para los que se recaban los datos, y
adoptar las medidas técnicas necesarias para
garantizar la seguridad de los datos personales. -
En materia de protección de datos
personales, las fracciones II y III del citado
artículo señalan que la información a que se
refiere la vida privada y los datos personales será
protegida en los términos y con las excepciones
que fijen las leyes. Además que toda persona
tendrá acceso a sus datos personales o a la
rectificación de estos respectivamente.
Esta reforma señala también la necesidad de
contar con un dispositivo legal que regule el
derecho a la protección de datos digitales. -
El artículo 73, fracción XXIX-O constitucional se
establece que el Congreso Federal tiene la facultad para
legislar en materia de protección de datos personales
en posesión de particulares. -
Al artículo 16° lo dota de contenido al
establecer que toda persona tiene derecho a la
protección de sus datos personales, al acceso,
rectificación y cancelación de los mismos, así
como a manifestar su oposición en los términos
que la ley fije; asimismo, prevé que los supuestos
de excepción a los principios que rijan el
tratamiento de datos, sólo serán en materia de
seguridad nacional, disposiciones de orden
público, seguridad y salud públicas o para
proteger los derechos de terceros. -
Los Senadores estuvieron turnando sin modificaciones la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
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El 19 de marzo de 2009, el Senado realizó el
conteo de los votos de las legislaturas de los
estados y emitió la declaratoria de aprobación
del proyecto de decreto, publicándose en el
Diario Oficial de la Federación (DOF). -
Es hasta 2009 cuando la mayoría de las
legislaturas locales aprobaron la reforma
constitucional propuesta por el Congreso
Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial
de la Federación. -
La autoridad competente para garantizar este derecho es el
INAI. Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su
tratamiento legítimo, controlado e informado, a
efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas. Es aplicable para todas las personas físicas o
morales de carácter privado. -
El Decreto por el que se reforman y se adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de transparencia le otorga a este Instituto el carácter
de organismo constitucional autónomo,
especializado, imparcial y colegiado, con
personalidad jurídica y patrimonio propios,
responsable de garantizar el cumplimiento del
derecho de acceso a la información y de protección de los datos personales en posesión de los sujetos
obligados. -
Tiene por objeto establecer los principios y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las Entidades Federativas y los municipios.
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El cambio se da debido a la promulgación de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. El INAI es el órgano encargado de garantizar el
derecho de acceso a la información y el de protección
de datos personales en México.