Línea de Tiempo: Antecedentes del Derecho Comercial en Argentina

  • Antecedentes Coloniales

    Antecedentes Coloniales
    La historia colonial de Argentina se desarrolló bajo el dominio español y sentó las bases políticas, económicas y sociales del país.
  • Creación del Consulado de Buenos Aires

    Creación del Consulado de Buenos Aires
    Se incorporaron las Ordenanzas de Bilbao de 1737, las cuales regulaban de manera específica el comercio por vía terrestre y marítima.
    Este organismo funcionaba como tribunal en cuestiones mercantiles, siguiendo la corriente europea continental que promovía la separación entre la jurisdicción civil y la mercantil.
    Desempeñaba un doble rol: judicial y administrativo.
    Se encargaba de los juicios relacionados con el ámbito mercantil y de los conflictos vinculados al comercio.
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    Período Colonial (1794-1810)

    *1794: Creación del Consulado de Buenos Aires, que aplicaba las Ordenanzas de Bilbao (1737) para regular el comercio terrestre y marítimo. *Finales del siglo XVIII: Establecimiento de la Aduana de Buenos Aires, clave para el control del comercio.
  • Revolución de Mayo

    Revolución de Mayo
    La Revolución de Mayo fue el proceso político que tuvo lugar en Buenos Aires entre el 18 y el 25 de mayo de 1810, y que culminó con la destitución del virrey Baltasar Hidalgo de Cisneros y la formación de la Primera Junta de Gobierno, el primer gobierno patrio en el Virreinato del Río de la Plata.
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    Revolución y Época Anterior a la Codificación (1810-1859)

    *1813: La Asamblea del Año XIII crea la matrícula para Comerciantes Nacionales y regula consignaciones y contadores peritos. *1821: Creación de la Bolsa Mercantil (funcionó brevemente) y ley de corredores y martilleros. *1822: Decretos inspirados por Rivadavia sobre actos de comercio y causas comerciales. *1836: Rosas suprime los concursos de acreedores (derogado en 1858).
  • MATRICULA DE COMERCIANTE

    MATRICULA DE COMERCIANTE
    Tras la Revolución de Mayo (1810), la Asamblea del Año XIII (1813) impulsó reformas para organizar el comercio en las Provincias Unidas.
    Se estableció la obligatoriedad de inscribirse en una matrícula para ejercer como comerciante.
    Su objetivo era controlar la actividad comercial y garantizar la profesionalidad de los comerciantes.
    Para obtenerla sus requisitos eran: acreditar solvencia moral y económica.
  • La Asamblea del Año XIII

    La Asamblea del Año XIII
    Fue un cuerpo legislativo convocado por el Segundo Triunvirato de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Sus funciones fueron sentar las bases institucionales del nuevo Estado surgido tras la Revolución de Mayo, aunque sin lograr declarar formalmente la independencia.
    En materia comercial, la Asamblea aprobó medidas para organizar la economía:
    1)Creación de la matrícula de comerciantes nacionales
    2)Normas sobre consignaciones y peritos contables
    3)Abolición de monopolios y gremios coloniales
  • Creación de la Bolsa Mercantil

    Creación de la Bolsa Mercantil
    Se crea la Bolsa Mercantil, instalada en 1822, con el objetivo de modernizar el aparato estatal, impulsar la economía de mercado, fomentar el comercio exterior y consolidar instituciones económicas sólidas.
    Su finalidad principal era establecer un mercado organizado y regulado para llevar a cabo operaciones comerciales, como la compraventa de bienes, consignaciones y transacciones financieras.
  • Decretos inspirados por Rivadavia sobre actos de comercio y causas comerciales.

    Decretos inspirados por Rivadavia sobre actos de comercio y causas comerciales.
    Durante su gestión como ministro de Buenos Aires, Rivadavia impulsó reformas clave para el comercio. Estableció tres medidas fundamentales:
    Definió qué eran actos de comercio, separándolos de los civiles y que estos casos fueran juzgados por tribunales especializados.
    Creó jueces de comercio, elegidos entre comerciantes, para agilizar los juicios mercantiles sin los trámites lentos de la justicia ordinaria.
    Instauró un tribunal de apelaciones para revisar sentencias y unificar criterios.
  • Rosas suprime los concursos de acreedores (derogado en 1858).

    Rosas suprime los concursos de acreedores (derogado en 1858).
    En plena crisis económica, Rosas eliminó los concursos de acreedores en 1836 para proteger a comerciantes afines y debilitar opositores. Esta medida generó caos: los acreedores no podían cobrar sus deudas legalmente. Recién en 1858, tras la caída de Rosas, se restableció el sistema, demostrando cómo había usado esta herramienta con fines políticos más que económicos.
  • Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield elaboran un proyecto de Código de Comercio para el Estado de Buenos Aires.

    Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield elaboran un proyecto de Código de Comercio para el Estado de Buenos Aires.
    Cuando Buenos Aires estaba separado de la Confederación Argentina, encargó a Eduardo Acevedo y Dalmacio Vélez Sarsfield redactar un Código de Comercio. Inspirado en modelos francés y español, el proyecto reguló contratos, sociedades y quiebras con un enfoque liberal. Aprobado en 1859 para Buenos Aires, en 1862 se extendió a todo el país con la unificación. Este código, vigente hasta 2015, sentó las bases del derecho mercantil argentino.
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    Sanción del Código de Comercio (1856-1862)

    *1856: Eduardo Acevedo y Dalmasio Vélez Sarsfield elaboran un proyecto de Código de Comercio para el Estado de Buenos Aires. *1859: Aprobación del Código de Comercio en la Provincia de Buenos Aires (entra en vigor en 1860). *1862: Ley 15 adopta el Código de Comercio para toda la Nación.
  • Aprobación del Código de Comercio en la Provincia de Buenos Aires (entra en vigor en 1860).

    Aprobación del Código de Comercio en la Provincia de Buenos Aires (entra en vigor en 1860).
    En 1859, la Provincia de Buenos Aires (entonces separada de la Confederación Argentina) aprobó el Código de Comercio redactado por Acevedo y Vélez Sarsfield, que entró en vigor en 1860.
  • Ley 15 adopta el Código de Comercio para toda la Nación.

    Ley 15 adopta el Código de Comercio para toda la Nación.
    La Ley 15, sancionada el 29 de septiembre de 1869, adoptó el Código de Comercio para toda la Nación Argentina, unificando la legislación mercantil en el territorio. Este código, inspirado en el modelo español de 1829, regulaba actos de comercio, obligaciones contractuales, quiebras y otros aspectos del derecho mercantil.
  • Primera gran reforma (elimina matrícula obligatoria para comerciantes y ajusta contratos).

    Se realizó la primera modificación importante al Código de Comercio.
    Los cambios principales fueron:
    Se eliminó la matrícula obligatoria para ser considerado comerciante. Ya no hacía falta inscribirse en un registro oficial para ejercer el comercio.
    Se actualizaron las normas sobre contratos comerciales, adaptándolas al nuevo Código Civil que se había sancionado en 1869.
    Pasó de un sistema que regulaba a los comerciantes como grupo especial a uno que regulaba los actos de comercio en sí mismos
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    Reformas al Código de Comercio (1889-2009)

    *1889: Primera gran reforma (elimina matrícula obligatoria para comerciantes y ajusta contratos). *1963: Decreto-Ley 5965/63 incorpora nuevo régimen para letras de cambio y pagarés. *1972: Ley 19.550 introduce normas sobre sociedades comerciales. *1995: Ley 24.522 regula concursos y quiebras; Ley 24.452 actualiza el régimen de cheques. *2009: Ley 26.579 reduce la mayoría de edad a 18 años.
  • Decreto-Ley 5965/63 incorpora nuevo régimen para letras de cambio y pagarés.

    Este decreto modernizó la normativa sobre títulos de crédito en Argentina. Estableció reglas claras para letras de cambio y pagarés, unificando sus requisitos formales y plazos de cobro. La reforma agilizó el uso comercial de estos instrumentos y simplificó su ejecución judicial. Aunque fue reemplazado parcialmente por el Código Civil y Comercial de 2015, sentó las bases del sistema actual de títulos crediticios.
  • Ley 19.550 introduce normas sobre sociedades comerciales.

    Argentina modernizó su legislación mercantil con la Ley 19.550, que introdujo un nuevo régimen para las sociedades comerciales. Estos fueron sus principales aportes: Tipos societarios: Estableció las formas jurídicas reconocidas (S.A., S.R.L., sociedades colectivas, etc.). Gobierno corporativo: Reguló la administración, asambleas y derechos de los accionistas. Fusiones y transformaciones: Creó un marco legal para estos procesos. La ley sigue vigente hoy, aunque con reformas.
  • Ley 24.522 regula concursos y quiebras; Ley 24.452 actualiza el régimen de cheques.

    La Ley 24.522 se incorpora al antiguo Código de Comercio para restituir el régimen de concursos y quiebras, regulando la insolvencia y protegiendo a los acreedores. La Ley 24.452 establece el régimen de cheques, adaptando la normativa a los nuevos medios de pago y modernizando las transacciones comerciales en un contexto de evolución del sistema financiero.
  • Ley 26.579 reduce la mayoría de edad a 18 años.

    En diciembre de 2009, Argentina modificó uno de los pilares del derecho civil y comercial con la Ley 26.579, que redujo la mayoría de edad de 21 a 18 años. Este cambio tuvo impactos clave:
    Cambios principales
    *Capacidad jurídica plena desde los 18 años
    *Fin de la "emancipación comercial"
    Antes, los mayores de 18 pero menores de 21 necesitaban autorización judicial o parental para actos comerciales.
  • Nuevo Código Civil y Comercial

    Nuevo Código Civil y Comercial
    En 2015, Argentina dio un paso histórico al unificar sus dos grandes cuerpos normativos del derecho privado: el Código Civil (1871) y el Código de Comercio (1862), en un único texto: el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN). Esta reforma modernizó el marco jurídico, adaptándolo a las necesidades del siglo XXI.
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    Unificación del Derecho Privado (2015)

    Entra en vigor el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), derogando el Código de Comercio de 1862.Unificación del Derecho Privado (2015)
    Los cambios más relevantes fueron:
    Fin de la distinción entre comerciantes y no comerciantes Contratos unificados
    Se eliminó la separación entre contratos civiles y comerciales.
    Todos los contratos se rigen por las mismas normas básicas.
    Derogación del Código de Comercio de 1862:
    Las normas mercantiles quedaron integradas en el nuevo código.
  • Ley 27.349 (Sociedades por Acciones Simplificadas - SAS).

    En 2017, Argentina introdujo las SAS mediante la Ley 27.349, un nuevo tipo societario pensado para emprendedores. Su gran ventaja es la agilidad: se pueden crear en un día por internet, sin trámites burocráticos complejos ni costo inicial elevado (basta con $1 de capital). Las SAS ofrecen flexibilidad en su organización y protección del patrimonio personal, pero tienen limitaciones: no cotizan en bolsa y admiten hasta 300 socios.
  • ACTULIADAD DEL DERECHO COMERCIAL

    El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación unifica la noción de persona, clasificándolas únicamente como “personas humanas” o “personas jurídicas”, eliminando la distinción entre sujetos civiles y comerciales.
    Asimismo, desaparece la diferencia entre contratos civiles y comerciales, aplicándose una normativa común.
    En el ámbito societario, ya no se distingue entre sociedades civiles y comerciales, estableciéndose un único régimen con inscripción obligatoria en un registro público.