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Ley de General de Pesca y Acuicultura

  • Primera Legislación

    Primera Legislación
    La primera legislación del sector Pesquero Nacional data de 1934, a través del Decreto Nº 34 del 17 de Marzo de 1931. En este se reconoce la necesidad de una legislación adecuada. Por mientras, la actividad pesquera será regulada por la División de Protección Pesquera, dependiente del Ministerio de Agricultura.
  • Subsecretaría de Pesca

    Subsecretaría de Pesca
    El 29 de diciembre de 1978, mediante el Decreto Ley Nº 2442, se establecen las funciones y atribuciones del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción en materia de pesca y se crea la Subsecretaría de Pesca, el Consejo Nacional y el Servicio Nacional de Pesca, ambos dependientes del citado Ministerio.
  • Se publica Ley 18.892

    Se publica Ley 18.892
    La Ley General de Pesca y Acuicultura es aprobada por la entonces Junta de Gobierno de la Republica de Chile, en el último año de la dictadura de Agusto Pinochet
  • Modificaciones

    Modificaciones
    En 1992 se publica en el Diario Oficial la “Ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura” y sus modificaciones. A partir de ese año el Servicio Nacional de Pesca, debe reestructurarse para cumplir con la nueva legislación.
  • Ley 19.516

    Ley 19.516
    LEY 19.516, Diario Oficial 03/09/97.
    Faculta a los armadores de lanchas arrastreras orientadas a la captura de merluza común para solicitar autorización de pesca industrial.
  • Ley 19.521

    Ley 19.521
    LEY 19.521 (D.O. 23/10/97). Modifica diversos artículos de la Ley General de Pesca y Acuicultura, estableciendo la obligación de instalar un sistema de posicionamiento geográfico automático con apoyo satelital en naves que indica.
  • Limites Máximos de Captura por Armador

    Limites Máximos de Captura por Armador
    LEY 19.713 (D.O. 25/01/2001). Límites máximos de captura por armador.
    Establece como medida de Administración el límite máximo de captura por armador a las principales pesquerías industriales nacionales. Dicha medida de administración consiste en distribuir
    anualmente la cuota global anual de captura asignada al
    sector industrial, para la unidad de pesquería, entre los
    armadores que tengan naves con autorización de pesca vigente
    para desarrollar actividades pesqueras extractivas en ella
  • Art. 158

    Art. 158
    LEY 19.800 (D.O. 25/08/2002) Modifica el artículo 158 de la Ley Nº 18.892, General de Pesca y Acuicultura, excluyendo a las zonas marítimas del sistema de áreas silvestres protegidas del estado.
  • Se prohibe el arrastre para el artesanal

    Se prohibe el arrastre para el artesanal
    LEY 19.907 (D.O. 05/11/2003) Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura, prohibiendo la pesca de arrastre por parte de pescadores artesanales.
  • Modificación acuicultura

    Modificación acuicultura
    El 10 de enero de 2006 se publica en el Diario Oficial la Ley N°20.091 que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura.
  • Registro de Pesca Artesanal

    Registro de Pesca Artesanal
    El 2 de mayo de 2007 se publica en el Diario Oficial la Ley 20.187 que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de reemplazo de la inscripción en el Registro de Pesca Artesanal.
  • Nueva modificación Acuicultura

    Nueva modificación Acuicultura
    El 8 de abril de 2010 se publica en el Diario Oficial la Ley N° 20.434, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura.
  • Modificación manejo y registro pesquero

    Modificación manejo y registro pesquero
    El 29 de mayo de 2010 se publica en el Diario Oficial la Ley N° 20.437, que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de áreas de manejo y registro pesquero.
  • Fin actual ley

    Fin actual ley
    Se termina la actual Ley de Pesca que rige desde el 2001 bajo el criterio comercial de los Límites Máximos de Captura.