La Reforma Constitucional y el Sistema Penal Acusatorio

  • Reforma Constitucional 2008

    Surge como consecuencias de algunas deficiencias que tenia el sistema anterior, al igual de que se empiezan a reconocer los derechos humanos, cambiando el sistema penal a oral y público con inmediación entre el acusado y el Juez.
  • Artículo 16

    Se destaca que el proceso empieza con una averiguación previa del delito por el Ministerio Público, el cual ya sera de una forma más ágil, el cual el acusado y la victima en presencia de un juez tendrán un audiencia oral y pública. También se destaca la palabra Flagrancia la cual va a permitir que se extienda el plazo de detención de 48 a 72 hrs a una personas sin orden judicial.
  • Artículo 17

    Se agrega el párrafo que habla sobre mecanismo alternos para la solución de controversias que van asegurar la reparación del daño y establearan caso que si requerirán supervisión judicial. También se agrega lo de la defensoría pública de calidad lo cual asegura que la gente que no pueda pagar un abogado se le asignara uno ya que la ley se lo garantizara.
  • Artículo 18

    Se destaca que se añade en el ultimo párrafo sobre los sentenciados que participaran en la delincuencia organizada ya que los reos requerirán medidas especiales de seguridad y se les destinara a centros especiales.La reinserción social se vuelve algo importante
  • Artículo 19

    Se modifica lo del auto de formal prisión quedando como obsoleto así las victima puede acceder mas rápido a la justicia. Se deja la prisión preventiva para los casos necesarios para garantizar el proceso y proteger el interés social. E igual se señalan otros aspectos para la delincuencia organizada en base a un juicio extranjero.
  • Artículo 20

    Se busca garantizar los derechos tanto del inculpado como de la victima y el ofendido, buscando una igualdad de condiciones para todos.
  • Artículo 21

    La policía en debe de actuar apegada al derecho y la transparencia. Los particulares podrán ejercer acción penal ante la autoridad judicial. Se le otorga a la autoridad judicial la facultad de modificar las penas.Se abre la posibilidad de aplicar la persecución de oficio para así el Ministerio Publico poder priorizar delitos graves. Se amplía la definición de Seguridad Pública y se busca que esta tenga mejore principios como el de legalidad, objetividad, eficacia, honradez etc.
  • Artículo 22

    Se busca que la pena sea equivalente al delito que se hubiese cometido.La confiscación de bienes tiene el objeto de disminuir el patrimonio de la delincuencia organizada la extinción de dominio se llevara en un proceso aparte.
  • Artículo 73

    Establece que solo el Congreso de la Unión podrá establecer las bases de coordinación sobre la seguridad pública entre el gobierno federal, estatal y municipal y también se le faculta para expedir leyes sobre esto.
  • Artículo 115

    La policía municipal estará al mando del presidente municipal el cual va acatar ordenes que el gobernador del Estado le transmita en aquellos caso que así lo requiera.
  • Artículo 123

    Se busca reducir las practicas ilegales de la policía, agentes del Ministerio y peritos, al igual que s mejorara las condiciones de trabajo de los mismos.
  • Artículo 17

    El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño.
  • Artículo 20

    La ley fijará procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en
    materia de reparación del daño: Fracción V se añade la trata de personas.
  • Artículo 18

    El proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral, en el que se observará la garantía del debido proceso legal.
  • Artículo 73

    El Congreso de la unión podrá expedir leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro delitos electorales entre otros.
  • Artículo 17

    De nuevo se garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los defensores.
  • Artículo 73

    El Congreso de la unión podrá expedir legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
  • Artículo 22

    Se modifican las reglas de extinción de dominio ya que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público
    a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y
    autónomo del penal.
  • Artículo 21

    La seguridad pública es una función del Estado a cargo de la
    Federación, las entidades federativas y los Municipios, cuyos fines son salvaguardar la vida, las libertades, la integridad y el patrimonio de las personas. Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional,serán de carácter civil, disciplinado y profesional.
  • Artículo 73

    El congreso de la unión podrá expedir leyes respeto a los derechos humanos que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas y los Municipios y organicen la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública en materia federal.
  • Artículo 19

    El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente ya tomando en cuenta los delitos como violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo
    de funciones, delitos en materia de hidrocarburos entre otros.
  • Artículo 73

    El Congreso de la Unión podrá expedir la ley general en materia de seguridad privada que contenga reglas y coordinación entre las personas autorizadas a prestar los servicios de seguridad privada.