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Uno de los primeros instrumentos normativos fue el acuerdo del 29 de julio de 1555, “sobre los juegos”, emanado de la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada, el cual buscaba la integración de los súbditos del nuevo mundo, como símbolo de unidad.
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La Ley 11 de marzo de 1825, sobre “Organización y Régimen Político y Económico de los Departamentos y Provincias”, establece algunos criterios referentes a “diversiones públicas”, como actividades de entretenimiento dentro de criterios morales socialmente aceptados.
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En esa misma línea y con un criterio mas especializado, la Ley 39 de 1903, establece que “ La recreación es favorable para el desarrollo de la salud de los niños”, resalta la importancia de la recreación como factor terapéutico preventivo.
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El general Uribe Uribe, en una ley del Ministerio del Trabajo, direccionando esta actividad hacia la educación moral y estética de los obreros, tal como consta en el siguiente aparte: “Para alejar de la taberna a los obreros, el Estado debe procurarles distracciones encaminadas a la educación moral y estética
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El general Uribe Uribe, precisó en lo que denominó “el problema de la alegría”, explicando que “crear alegría, alegría sana, madre de la benevolencia, es el mejor servicio que puede prestarse a los colombianos”, como una manera de llamar la atención hacia formas prácticas de evitar excesos.
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La Ley 11, sobre “Organización y Régimen político y económico de los departamentos y las provincias”, establece criterios sobre las “diversiones públicas”, procurando lo que en la época se denominó “el bien de los ciudadanos.”
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La primera reglamentación sobre masificación y planificación de infraestructura y práctica recreativa, en nuestro parecer, fue adoptada por la Ley 80 del 13 de Noviembre de 1925, cuyo artículo 12, estableció: Las funciones de las plazas de deportes o fines principales a saber: Salud, recreación física, mejoramiento de la energía mental y educación del carácter.
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En el Decreto 710 de 1928, se incluyen juegos y paseos en el pensúm académico.
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En 1934, el Congreso de la República, expide la Ley 12 y crea la Dirección Nacional de educación física y le da funciones de “Manejo del deporte la educación física y la recreación”.
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Mediante el decreto 738, se estatuyó que el 19 de julio fuera el día de fiesta para la juventud, el cual se destinaría para actividades recreativas y de aprovechamiento del tiempo libre.
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A partir de 1951, la recreación formó parte de los diversos planes de desarrollo.
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En 1957, mediante decreto 118, se establecen la Cajas de Compensación Familiar, a las cuales responsabilizó, entre otras cosas del área social de la recreación, resultado de la importancia creciente de este sector en el desarrollo social.
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El primer “Comité Nacional de Recreación de la Presidencia de la República”. Más adelante se crea la Asociación Colombiana de Recreación, como indicador de la importancia que había adquirido en esa época el sector.
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Mediante el Decreto 1191, se crean los “festivales escolares recreativos”, como un mecanismo de integración poblacional y coincidente con ese año se crea en Santiago de Cali, la Corporación de Recreación Popular, iniciándoce los primeros programas de Parques Recreativos.
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En 1980, se realiza el primer Congreso Nacional de Recreación y se realizan congresos regionales en varias capitales del país.
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Mediante la Ley 21 de 1982, del subsidio familiar se encuentra la recreación, como materia integradora del bienestar de la familia.
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El Decreto 239 de 1983, Ordena las” jornadas recreativas y culturales en los establecimientos educativos.”.
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El Presidente de la República, expide el Decreto 2845 de 1984, dispuso que “el deporte, la educación física y la recreación, son derechos de la comunidad, esenciales en el proceso educativo de los colombianos”.
Como instrumento de gestión nace a la vida jurídica la Comisión Nacional de Recreación. -
COLDEPORTES crea la División Nacional de Recreación y Juventud, como dependencias especializada en estos temas sectoriales.
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El decreto 1333 de 1986, “del Régimen Municipal”, Prevé que en los municipios se planifique la infraestructura municipal, teniendo en cuenta las necesidades recreativas de sus habitantes.
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Por medio del Decreto 2743, el ejecutivo crea “el Instituto colombiano de la Juventud y el Deporte, Coldeportes”, como ente rector del sector y dentro de sus funciones establece las de implementar “Planes de estímulo y fomento de edufísica, deporte y recreación.”
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Estas tendencias de expansión sectorial, poblacional, escolar y generacional, provocó la necesidad de regionalizar y vincular a sectores privados y es en 1988 y 1989, cuando se realizan 24 Congresos Departamentales de Recreación.
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La Ley 50, “Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo”, en el artículo 21, adiciona: “la dedicación exclusiva en determinadas actividades.”, en empresas de más de 50 trabajadores, el derecho de estos a 2 horas dedicadas a actividades recreativas y culturales.
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Cuando se proclama que la recreación y el uso adecuado del tiempo libre son derechos fundamentales de los Niños, de todas las personas, de los trabajadores agrarios y comunidades campesinas y un servicio público esencial.
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En 1993 se expide la Ley 100 “Seguridad Social”, previendo en el sistema general de seguridad social, la asistencia y desarrollo de programas de recreación para las personas de la tercera edad, discapacitados y personas de condiciones sociales y económicas precarias
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Ley 65 de 1993, “ Régimen Penitenciario y Carcelario”, Dentro de los principios rectores de esta norma, el legislador preestableció que la finalidad del tratamiento penitenciario, es conseguir la resocialización del infractor a la ley penal, mediante el examen de su personalidad y a través de la cultura el deporte y la recreación, bajo un espíritu humano y solidario".
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La Ley 115 de 1994, sobre educación, la cual incluyó dentro del Plan Nacional de Educación la práctica recreativa y la adecuada utilización del tiempo libre, como uno de los objetivos específicos de la educación, tanto formal como extra escolar, en todos sus ciclos y modalidades.
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Aparece mediante la Ley 223 de 1995, un incentivo tributario para las personas de derecho privado que contribuyen con el desarrollo del sector.
Tienen derecho a deducir de su renta, el 125% del valor de las donaciones efectuadas durante el año o período gravable. -
La Ley 181 de 1995, conocida como “ley del Deporte”, Crea el “Sistema Nacional del Deporte”, y materializa el instrumento de patrocinio, fomento, masificación, divulgación, asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y su promoción en los sectores escolar y extraescolar.
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En 1995 el Documento CONPES 2759/95, MINISTERIO EDUCACION - COLDEPORTES - Por primera vez, traza unos verdaderos lineamientos de política nacional en recreación.
El diagnóstico se puede resumir en pocas palabras; Una orientación política y económica hacia esferas o sujectores de formación competitiva y una subvaloración de la importancia de la recreación, como actividad necesaria para el desarrollo integral de los colombianos. -
En el campo del turismo, la Ley 330 de 1996, Ley del Turismo, menciona una vez más, el compromiso del Estado de garantizar los derechos fundamentales a la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, inmersos en la Constitución Política.
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La Ley 361 de 1996, “de Discapacitados”, determina el apoyo que debe dar Coldeportes a la organización y financiación de eventos deportivos y recreativos a nivel nacional para estos segmentos poblacionales hasta ese momento “desprotegidos” en este campo.
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La ley 375 de 1997, conocida como la Ley de la Juventud, reitera una vez más, que la recreación y el uso adecuado del tiempo libre, son factores y derechos fundamentales de desarrollo integral de la juventud.
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En 1998, en Manizales, el V Congreso Nacional de Recreación, cuyas conclusiones generaron estrategias de gestión, formación, investigación y vivencias, segmentadas por áreas de intervención determinadas en sectores por ámbito de aplicación, zonificación geográfica, y segmentación poblacional, teniendo en cuenta condiciones de sexo, edad, condiciones físicas, sicológicas, espaciales y étnicas, las cuales son la base del presente Plan Nacional de Recreación.
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En el 2006 ocurrió primer congreso departamental de recreación, programa C.D.R de la Universidad Tecnológica De Pereira.
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Hasta la actualidad la recreación y el deporte han tenido muchos aportes al desarrollo de esta etapa de la vida donde el envejecimiento trae consigo cambios a nivel cardiovascular, respiratorio, metabólico, motriz, entre otros, que reducen la capacidad de esfuerzo y resistencia al estrés físico de los adultos/as mayores, reduciendo su autonomía, calidad de vida, su habilidad y capacidad de aprendizaje motriz. La actividad física se reduce con la edad y constituye un indicador de salud.
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Se construye un plan para los abuelos, un espacio adecuado para garantizar mayor calidad de vida a adultos/as mayores porque mejora su salud física y mental, y al tener en su plataforma contempladas actividades físicas y recreativas responde a las necesidades de este grupo.