LA PROFESÓN CONTABLE

  • Nacimiento de la Partida Doble
    1458

    Nacimiento de la Partida Doble

    En el año de 1458 había un manuscrito de cinco páginas sobre contabilidad, cuyo autor es Benedetto Cotrugli Raugeo.
  • ¿Qué es la Partida Doble?
    1458

    ¿Qué es la Partida Doble?

    La contabilidad por partida doble es el sistema contable que todavía hoy, en los tiempos de la tecnología informática, se utiliza como método insustituible para satisfacer las necesidades de registro económico y financiero.
  • Características de la Partida Doble
    1458

    Características de la Partida Doble

    •Es necesario que el importe asentado en el Debe
    sea igual que el asentado en el Haber.
    • Es necesario que todas las cantidades estén
    expresadas en la misma unidad monetaria que
    sirva de medida común.
    • Es necesario que cuando se sume el Debe y el
    Haber del Libro Mayor, los totales deberán ser
    necesariamente iguales.
  • Edad Media: Nacimiento del Comercio
    1492

    Edad Media: Nacimiento del Comercio

    La mayoría de los mercaderes era de origen rural:
    personas que se habían visto forzadas a abandonar el campo
    por el aumento de población y la falta de tierras.
  • Origen de la contabilidad
    1494

    Origen de la contabilidad

    La Contabilidad se remonta desde tiempos muy antiguos, cuando el hombre se ve obligado a llevar registros y controles de sus propiedades porque su memoria no bastaba para guardar la información requerida.
  • LA CONTADURIA
    Jun 1, 1494

    LA CONTADURIA

    La contabilidad, es decir, el arte de tener cuenta y razón, o sea, "lo que se requiere en toda cosa", como la definían nuestros antiguos autores castellanos (Covarrubias 1987: 352), es una actividad tan antigua como la propia Humanidad.
    En efecto, desde que el hombre es hombre, y aún mucho antes
    de conocer la escritura, ha necesitado llevar cuentas, guardar
    memoria y dejar constancia de datos relativos a su vida económica y a su patrimonio: bienes que recolectaba, cazaba, elaboraba, consumía
  • Origen y difusión de la partida doble "Fray Luca Pacioli"
    1500

    Origen y difusión de la partida doble "Fray Luca Pacioli"

    Fray Luca Pacioli, un fraile franciscano, fue el “primero” en
    proporcionar el manejo de la partida doble en Europa a finales del siglo XV
  • Renacimiento
    1501

    Renacimiento

    El arte renacentista se plantea problemas de espacio y perspectiva, que suponen un importante impulso a la matemática y, en especial, a la geometría.
  • Periodo Hispánico

    Periodo Hispánico

    Primer código de comercio
  • Periodo Patrimonialista

    Periodo Patrimonialista

    Establecimiento del impuesto de Renta
  • Las primeras escuelas de Contabilidad

    Las primeras escuelas de Contabilidad

    -La Escuela Nacional de Minas
    -La Escuela Nacional de Comercio de Bogotá
  • Decreto Orgánico de Instrucción Pública del 1 de noviembre de 1870

    Decreto Orgánico de Instrucción Pública del 1 de noviembre de 1870

    Se enseñaron con más extensión, los siguientes: elementos de álgebra, de geometría y sus aplicaciones usuales, especialmente el dibujo lineal; teneduría de libros, aplicada no solo al comercio y a las oficinas públicas, sino a toda clase de cuentas; nociones de física, mecánica, química, historia natural, fisiología e higiene, elementos de cosmografía y geografía general, y la historia y geografía especiales de Colombia.
  • Periodo Fiscalista

    Periodo Fiscalista

    Primera norma autónoma en materia contable
  • Nacimiento de bancos

    Nacimiento de bancos

    Para agilizar las transacciones comerciales se formaron los primeros bancos y aparecieron los banqueros, que se especializaron en reconocer las diferentes monedas, su peso y sus equivalencias.
  • Misión Kemmerer

    Misión Kemmerer

    Ley 45 de 1923 sobre establecimientos bancarios
    Ley 42 de 1929 sobre la organización de la contabilidad nacional y la creación de los departamentos de contabilidad y contraloría
  • Reforma tributaria de 1935

    Buscaba fortificar la industria nacional obligaba a los comerciantes a llevar libros de contabilidad
  • Reformas tributarias de los años 50

    La función de la contabilidad se torna de fundamental relevancia para la protección de los intereses del Estado.
  • Decreto 1651 de 1961

    Se confiere plena prueba probatoria a los papeles y libros de
    contabilidad en las controversias con el Estado
  • Decreto 377 de 1965

    Impuesto sobre las ventas
  • Primera Facultad de Contaduría Pública

    Primera Facultad de Contaduría Pública

    Facultad Nacional de Contaduría, los propósitos eran formar contadores a nivel medio y profesional, promover la investigación con el fin de solucionar los paradigmas de la profesión y brindar asesoramiento a las empresas.
  • Ley 63 de 1967

    Se introduce el sistema de retención en la fuente para los asalariados y anticipos para los contribuyentes no sujetos a retención. Se dictan las normas contra la evasión y el fraude a los impuestos sobre la renta y complementarios.
  • Reforma tributaria de 1974

    Se elevan las tasas impositivas de los impuestos existentes
  • 1 de marzo: Día del Contador en Colombia ¿por qué se celebra ese día?

    1 de marzo: Día del Contador en Colombia ¿por qué se celebra ese día?

    se tomó la decisión de aprobar el Día del Contador en
    Colombia como muestra de independencia respecto de la economía extranjera que durante mucho tiempo tuvo el monopolio de este área.
  • Periodo de Normalización Contable

    Con la expedición del Decreto 2160 de 1986 se da comienzo a la etapa de normalización contable en
    Colombia.
    Se puede afirmar que este decreto marca el Inicio de la autonomía de la contabilidad frente a la fiscalidad y a su ordenamiento contable
  • Decreto 2160 de 1986

    Primera norma autónoma del ámbito contable
  • Artículo 38º

    El Contador Público es auxiliar de la justicia en los casos que señala la ley, como perito expresamente designado para ello. También en esta condición el Contador Público cumplirá su deber teniendo en cuenta las altas miras de su profesión
  • Artículo 2°

    De las actividades relacionadas con la ciencia contable en general. Para los efectos de esta ley se entienden por actividades relacionadas con la ciencia contable en general todas aquellas que implican organización, revisión y control de contabilidades, certificaciones y dictámenes sobre estados financieros, certificaciones que se expidan con fundamentos en los libros de contabilidad
  • Artículo 3°

    De la inscripción del Contador Público. La inscripción como Contador Público se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores.
  • Artículo 4°

    De las sociedades de Contadores Públicos.
    Se denominan "Sociedades de Contadores Públicos", a la persona jurídica que contempla como objeto principal desarrollar por intermedio de sus socios y de sus dependientes o en virtud de contratos con otros Contadores Públicos, prestación de los servicios propios de los mismos y de las actividades relacionadas con la ciencia contable en general señaladas en esta ley.
  • Artículo 5°

    De la vigilancia estatal. Las sociedades de Contadores Públicos estarán sujetas a la vigilancia de la Junta Central de Contadores.
  • Artículo 6°

    De los principios de contabilidad generalmente aceptados. Se entiende por principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia
  • Artículo 7º

    De las normas de auditoría generalmente aceptadas. Las normas de auditoría generalmente aceptadas, se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo
  • Artículo 9º

    De los papeles de trabajo.
    Mediante papeles de trabajo, el Contador Público dejará constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional. Tales papeles, que son propiedad exclusiva del Contador Público, se preparan conforme a las normas de auditoría generalmente aceptadas.
  • Artículo 10º

    De la fe pública.
    La atestación o firma de un Contador Público en los actos propios de su profesión hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales, lo mismo que a los estatutarios en casos de personas jurídicas.
  • Artículo 11º

    Es función privativa del Contador Público expresar dictamen profesional e independiente o emitir certificaciones sobre balances generales y otros estados financieros
  • Artículo 12º

    A partir de la vigencia de la presente ley, la elección o nombramiento de empleados o funcionarios públicos, para el desempeño de cargos que impliquen el ejercicio de actividades técnico contables, deberá recaer en Contadores Públicos
  • Artículo 14º

    Artículo 14º

    De los órganos de la profesión. Son órganos de la profesión los siguientes:
    1. La Junta Central de Contadores (Art 15 al 28)
  • Artículo 35º

    La Contaduría Pública es una profesión que tiene como fin satisfacer necesidades de la sociedad, mediante la medición, evaluación, ordenamiento, análisis e interpretación de la información financiera de las empresas o los individuos.
    El Contador Público, sea en la actividad pública o privada es un factor de activa y directa intervención en la vida de los organismos públicos y privados. Su obligación es velar por los intereses económicos de la comunidad
  • Artículo 39º

    El Contador Público tiene derecho a recibir remuneración por su trabajo y por el que ejecutan las personas bajo su supervisión y responsabilidad
  • Artículo 40º

    Los principios éticos que rigen la conducta profesional de los Contadores Públicos no se diferencian sustancialmente de los que regulan la de otros miembros de la sociedad
  • Artículo 37º

    El Contador Público debe considerar y estudiar al usuario de sus servicios como ente económico separado que es, relacionarlo con las circunstancias particulares de su actividad, sean éstas internas o externas, los siguientes principios básicos de ética profesional:
  • 37.1 Integridad

    37.1 Integridad

    El Contador Público deberá mantener incólume su integridad moral, cualquiera que fuere el campo de su actuación en el ejercicio profesional
  • 37.2 Objetividad

    37.2 Objetividad

    La objetividad representa ante todo imparcialidad y actuación sin prejuicios en todos los asuntos que correspondan al campo de acción profesional del Contador Público
  • 37.3 Independencia.

    37.3 Independencia.

    En el ejercicio profesional, el Contador Público deberá tener y demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a cualquier interés que pudiere considerarse incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los cuales la independencia
  • 37.4 Responsabilidad.

    37.4 Responsabilidad.

    Sin perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de la ética profesional, se encuentra implícitamente comprendida en todas y cada una de las normas de ética y reglas de conducta del Contador Público
  • 37.5 Confidencialidad

    37.5 Confidencialidad

    La relación del Contador Público con el usuario de sus servicios es el elemento primordial en la práctica profesional. Para que dicha relación tenga pleno éxito debe fundarse en un compromiso responsable, leal y auténtico, el cual impone la más estricta reserva profesional
  • 37.8 Difusión y colaboración.

    37.8 Difusión y colaboración.

    El Contador Público tiene la obligación de contribuir, de acuerdo con sus posibilidades personales, al desarrollo, superación y dignificación de la profesión, tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo, que, como los de la difusión o de la docencia, le sean asequibles
  • 37.10 Conducta ética

    El Contador Público deberá abstenerse de realizar cualquier acto que pueda afectar negativamente la buena reputación o repercutir en alguna forma en descrédito de la profesión
  • Ley 43 de 1990: Reglamentación de la profesión del Contador Público

    Ley 43 de 1990: Reglamentación de la profesión del Contador Público

    Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente Ley, está facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros, y realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general.
  • Artículo 8º

    De las normas que deben observar los Contadores Públicos. Los Contadores Públicos están obligados a:
    1. Observar las normas de ética profesional.
    2. Actuar con sujeción a las normas de auditoría generalmente aceptadas.
    3. Cumplir las normas legales vigentes, (así como las disposiciones emanadas de los organismos de vigilancia y dirección de la profesión).
    4. Vigilar que el registro e información contable se fundamente en principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia
  • Artículo 13º

    Artículo 13. Además de lo exigido por las leyes anteriores, se requiere tener la calidad de Contador Público en los siguientes casos:
    1. Por razones del cargo
    2. Por la razón de la naturaleza del asunto
  • 37.6 Observancia de las disposiciones normativas.

    El Contador Público deberá realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las disposiciones profesionales promulgadas por el Estado aplicando los procedimientos adecuados debidamente establecidos.
  • 37.7 Competencia y actualización profesional.

    El Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria
  • 37.9 Respeto entre colegas.

    37.9 Respeto entre colegas.

    El Contador Público debe tener siempre presente que la sinceridad, la buena fe y la lealtad para con sus colegas son condiciones básicas para el ejercicio libre y honesto de la profesión y para convivencia pacífica, amistosa y cordial de sus miembros.