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Se reconoce la no discriminación por razones personales, culturales o sociales.
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Fue declarada inconstitucional en 1981.
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La Orientación universitaria se ve privada de un marco legal específico donde sustentarse y de
una estructura organizativa que pueda atender las demandas del alumnado. -
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Contempla la creación de servicios especializados de orientación educativa, psicopedagógica
y profesional.
Establece un modelo organizativo estructurado en tres niveles: aula, centro y sistema escolar. -
No se regula la función orientadora.
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Se aparta del informe Bricall en el que la información y orientación educativa ocupan un lugar
relevante. -
No aporta avance alguno en Orientación Educativa.
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Recoge la existencia de servicios o profesiones especializados en la orientación educativa,
psicopedagógica y profesional. -
No se produce ningún avancen en relación a los servicios de orientación universitarios.
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Europa pretende posicionarse como líder
en la producción de conocimiento, productos y servicios, renunciar al espíritu innovador supone delegar y no posicionarse estratégicamente en el mercado laboral. -
Se convocan subvenciones para la realización de actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad específica
de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en educación.