La Educación Religiosa en el contexto colombiano / Édinson Hernán Ibáñez García / Licenciatura en Filosofía y Educación Religiosa / Universidad Santo Tomás / 2018
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Sergio Junqueira postula que la religión es un área fundamental que posibilita la formación integral para la vida y la transformación para la sociedad.
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Oscar P. Sáyago propone a partir de la inteligencias de "Gardner", unas claves pedagógicas para propiciar la inteligencia espiritual.
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Luis Meza postula la religión como una práctica liberadora en donde la cultura y la creencia se relacionan en el contexto de la formación.
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La Conferencia Episcopal propone los lineamientos como una forma de evangelizar, es decir, la religión se postula como una disciplina escolar.
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Elizabeth Coy propone la construcción de la civilización como una meta inmanente en la búsqueda del sentido y significado de la existencia, es decir, se atribuye una definición nueva al concepto de religión.
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La Educación Religiosa es obligatoria e establecimientos que imparten educación formal.
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El Ministerio de Educación Nacional formula las competencias de Educación Religiosa como propuesta curricular.
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Se establece un convenio de derecho público entre el Estado y algunas entidades religiosas no católicas. E. Samper garantiza el derecho a impartir la educación religiosa, a escoger el tipo de educación y las garantías para recibir la enseñanza religiosa no católica. En los artículos IX al XI se propone la libertad para suscitar conocimientos religiosos desde la docencia hasta los fines pastorales.
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Art. 5. Establece los fines de la educación. Art. 23 y 24. Se garantiza la educación religiosa en la Educación Básica. Adicionalmente la ley 133 habla del derecho a la libertad religiosa y las garantías para impartir la enseñanza religiosa.
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Mario Peresson propone una naturaleza de la identidad como parte de la iniciación cristiana, por tanto se debe educar en religión desde las áreas del currículo, especialmente desde la ética.
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Se elimina la confesionalidad y se le da importancia a la identidad de religiones, confesiones e iglesias con libertad de culto. Se prohibe la imposición de monumentos y fechas alusivas a temas religiosos. El concepto "Laico" es un tema de libertad de expresión.
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Benedicto XVI propone en esta exhortación la importancia sobre la libertad religiosa.
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El Catecismo Astete se propone para el sacramento de la primera comunión según la reforma de 1936. Aquí se proponen los primeros programas oficiales de la religión.
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Se aprueba la iniciación de la enseñanza religiosa por el Pbro. Luis Concha
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Se instaura el primer texto ordenado por la autoridad eclesiástica.
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Se propone una educación a partir del catecismo de Astete y el Catecismo mayor de Pio X
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Por concordato entre el Estado y la Iglesia Católica, se declara el catolicismo como la religión oficial de Colombia.
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León XIII formula los principios de ideología católica en las escuelas.
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Se decreta la instrucción normalista para formar ciudadanos en un contexto político elitista. La ideología pretende formar conciencia desde el sacerdocio, puesto que el saber reside en el clero como una forma de emancipación liberal.
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Nueva Biblia Católica con el fin de romanizar la educación.
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El clero exige una instrucción más formal para la práctica religiosa.
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Se propone la reforma instruccionista en el Estado de Santander en donde se autoriza una inversión importante para la educación.
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Se decreta la libertad de enseñanza en cuanto a las ciencias.
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Mariano Ospina reglamenta la educación dando importancia a la instrucción religiosa y moral.
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Santander decreta la repatriación para los jesuitas exiliados por Carlos III.
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Se expide un decreto sobre la importancia de la religión y la moral cristiana. Aquí los derechos y los deberes del hombre velan por una sociedad parroquiana educada. El concepto de familia e iglesia es una definición de la institución hispánica.
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El Papa Alejandro VI, por solicitud de la monarquía católica, prepara el envío de misioneros a América, con el fin de convertir los indígenas al cristianismo.