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Creada por Fernando Centeno Güell, y con el nombre de Centro Nacional de Educación Especial Fernando Centeno Güell
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En la que se establece que la educación es obligatoria, gratuita y brindada por el Estado, Esto también incluye la educación especial.
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Entra en vigencia la Ley de Carrera Docente. En ella se definen ámbitos sobre la formación de diversos profesionales en sus diversas modalidades del sistema educativo, entre esas, los(as) docentes de educación especial
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En nuestro país, dicha corriente es la que permite crear centros alrededor del país, permitiendo a poblaciones de diversos sectores del territorio nacional, acceder a la educación especial.
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Esto para atender niños y niñas.
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Centradas en los problemas de aprendizaje, y para asesorar el I Y II Ciclo de la Educación General Básica
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Las aulas de recurso valoraban estudiantes con problemas de aprendizaje. Debido a que el presupuesto era muy limitado, se le permite a los(as) docentes de primaria atender estas necesidades.
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En dicha institución, se da apertura a personas con ceguera y baja visión para formar parte de los grupos regulares del centro. Aunque esta propuesta no prospera, es un gran avance en la inclusión costarricense.
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El Colegio Técnico Profesional de Calle Blancos. La población meta eran aquellas personas que se graduaban de segundo ciclo de aula integrada, y luego no tenían en donde continuar sus estudios
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Esto por parte del Consejo Superior de Educación. Gracias a esto se define una nueva estructura administrativa, en la que la Asesoría General de Educación Especial se estructura:
1. Sección de Educación Especial No Escolarizada
2. Sección de Fomento al Educando Talentoso
3. Sección de Rehabilitación Profesional
4. Sección de Educación Especial Escolarizada. -
Se crea el Instituto de Rehabilitación y Formación Hellen Keller, para la población joven y adulta con problemas de visión.
Se intensifica, además, la integración de estudiantes al sistema educativo regular. -
Se convirtió de nuevo en el Departamento de Educación Especial, formado por las secciones de: Educación Especial Escolarizada, Educación Especial Comunitaria y Desarrollo Vocacional
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El propósito de las mismas es integrar física y socialmente a los(as) estudiantes con retaso mental o sordera a escuelas regulares.
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Funcionan en los servicios de educación especial de III Ciclo y Educación Diversificada, que antes no tenían este respaldo. También en Colegios Técnicos, Profesionales, Académicos e Institutos.
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Ley de Igualdad de Oportunidades para las personas con Discapacidad. Motivada por un varios decretos de la UNESCO (Declaración de Salamanca). Esto lleva también al MEP a incluir la Ley 7600 en sus programas.
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El CONESUP aprueba dicho documento para normar el acceso de los estudiantes con discapacidad a las aulas regulares.
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En el que se establecen una serie de propuestas, proyectos e implementaciones para que las diferentes entidades del sistema educativo velen por la inclusividad. Costa Rica adopta esta postura en octubre de 2004
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El MEP firma un convenio que les permite recibir una subvención o estímulo estatal para el nombramiento del personal técnico.
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El MEP establece nuevas funciones para la Dirección de Desarrollo Curricular , y por ende para el Departamento de Educación Especial. Lo dividen en dos secciones: Sección de Educación Preescolar y Primaria y la Sección de III Ciclo, Diversificada y Adultos.
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Compromiso del país por brindar educación especial tras la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adaptada en forma de la Ley 8661