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Las reformas derivan el Derecho de Acceso a la Información (DAI) como un conjunto de garantías jurídicas que afirman la igualdad de los ciudadanos ante la ley, como un derecho fundamental, universal.
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Se implementaron diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía; es decir que rinda cuentas.
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Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro en 2002. De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal.
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Como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde se abordó la exigencia de contar con una ley de acceso a la información lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y la Promulgación de la LFTAIP.
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Al conformarse la Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP) con el objetivo de impulsar los principios de publicidad, transparencia informativa y apertura gubernamental en la República Mexicana en los niveles constitucionales de gobierno, por lo que se abre la coordinación entre los organismos locales y el federal.
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Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que el 22 de noviembre de 2005 en el Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara donde se promoviera una reforma constitucional en materia de transparencia.
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Tras el proceso legislativo de rigor, el 20 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficia de la Federación, el Decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI y en donde se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6º con los elementos de acceso a la información como un derecho fundamental en México.
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Como resultado de las reformas constitucionales, se construyeron las bases para un nuevo régimen de rendición de cuentas, desde entonces las entidades que más han reformado sus leyes a partir de su promulgación son el Distrito Federal, Morelia, Estado de México, San Luis Potosí y Jalisco, aunque el marco normativo era muy distinto.
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En 2013 se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a la información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
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El 7 de febrero de 2014, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México (LGTAIF)
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En mayo de 2015 se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto, se buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y ampliar la participación ciudadana en favor de la transparencia.