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Esta ligada a la Constitución y al Sistema Nacional de Planeación
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SNPD, fomenta el crecimiento de la economía para la independencia y democratización política, social y cultural de la nación
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Establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.).
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Precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal;
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Para algunos autores, existe la consideración de que la experiencia federalista de los Estados Unidos de Norteamérica es el precedente inmediato para el sistema federal en México, aun cuando la herencia política del colonialismo mexicano se decantaba más por el centralismo derivado del Estado unitario y vertical ejercido en la época colonial (Ramírez, 2009:6).
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Establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno,
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Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana
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La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran la Administración Pública Centralizada
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Se crea la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal
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Los tribunales administrativos tienen como facultad conocer las controversias jurídicas suscitadas por la aplicación y ejecución de la normativa administrativa, como al proceso que da curso a esas controversias
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Son organismos descentralizados las entidades creadas por Ley o Decreto del Congreso de la Unión, o por Decreto del Ejecutivo Federal, estos organismos están conformados con personalidad jurídica patrimonios propios, cualquiera que sea la estructura legal que adopten” (Administración Pública Federal, s.f.:10).