Inicio de la protección de datos personales

  • Declaración Universal de Derechos Humanos

    Declaración Universal de Derechos Humanos
    Al publicarse esta declaración en 1948, se presenta uno de los primero indicios de la protección a los datos personales, pues en su artículo 12 se establece que "nadie sera objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
    correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación" , dando inicio de una manera indirecta a la protección de datos personales.
  • Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales

    Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales
    En este convenio, en su artículo 8 menciona que "Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia" presentando un segundo documento legal, el cual empieza a dar indicios de una protección a los datos personales.
  • Primera Ley de Datos

    Primera Ley de Datos
    En el año de 1973, en Suecia, es promulgada la primera ley a nivel internacional para la protección de información de los particulares. Creándose a su vez en el mismo país, una autoridad de nombre "Data Inspektion Board", la cual se encargo de verificar que la ley se cumpliera.
  • Ley de Privacidad (E.U)

    Ley de Privacidad (E.U)
    Posteriormente Estados Unidos en 1974 publico la ley "Privacy Act"(Ley de Privacidad) teniendo como propósito principal prohibir la divulgación de datos sin el conocimiento de la persona a la que le pertenezcan.
  • OCDE. Directrices sobre protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales

    OCDE. Directrices sobre protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales
    Debido a los avances de la tecnología de la información y a su vez dando paso a un mayor tratamiento de datos personales entre diversos medios, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico decidió elaborar una serie de recomendaciones para el cuidado de la transferencia de datos.
  • Convenio 108 del Consejo de Europa

    Convenio 108 del Consejo de Europa
    En el artículo 1° del mencionado convenio se lee "Derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal correspondientes a dicha persona" Es justo donde se comienza a señalar el derecho a la privacidad en cuanto a datos personales. Considerándose el primer documento internacional vinculante entre distintos países como Alemania, Francia, entre otros.
  • Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal

    Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal
    Este convenio publicado en Estrasburgo, Francia, estableció como propósito primordial motivar a todos los Estados participantes a crear normas que regulen el tratamiento del uso de datos personales, para evitar irregularidades en los mismo.
  • Primer país latinoamericano que promulga una Ley de Protección de Datos

     Primer país latinoamericano  que promulga una Ley de Protección de Datos
    Brasil en al año de 1997 publica su ley de de Protección de Datos, siendo el primer país latinoamericano que comienza con una regulación formalizada.
  • Reconocimiento del Derecho a la Protección de Datos Personales en México

    Reconocimiento del Derecho a la Protección de Datos Personales en México
    En el año de 2009 se aprobó la reforma constitucional al artículo 16, para que pudiera reconocerse el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, destacando los derechos ARCO (acceso, rectificación y
    cancelación,oposición).
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (México)

    Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (México)
    Después de algunos años México se actualiza publica su Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, estableciendo dentro de la misma principios como finalidad, licitud, calidad, consentimiento, entre otros. Así como procedimientos formalizados para la recabación de datos personales.