IMPLEMENTACIÓN DEL DAI EN MÉXICO

  • Se garantiza el derecho a la Información

    Artículo 6° Reformado. el derecho a la información es incorporado a la carta Magna,sucede en el marco de la "Reforma Política" se añade el derecho a la información bajo la categoría de garantía electoral en la parte final del artículo.
    Tiene como objetivo que la sociedad conociera la ideología de las diversas corrientes políticas del país.
  • México transparencia en contexto

    Cambios políticos gracias a las normas democráticas; como resultados de la existencia de ambientes competitivos, abiertos para la lucha por el poder; donde la transparencia sugiere apertura, publicitación e intercambios entre las Instituciones del Estado y los ciudadanos
  • Cambios "La Suprema Corte de Justica de la Nación reconoce el derecho de acceso a la "Información" como garantía individual

    Constantes cambios y transiciones a nivel institucional, con el desarrollo de políticas con nuevas prácticas democráticas que conllevan a un Estado responsable y abierto a la rendición de cuentas.
    La interpretación del artículo 6° como garantía de partidos políticos, es ampliada garantía individual y obligación del Estado a informar.
    convirtiéndose en una garantía exigible al Estado, con la finalidad que la sociedad esta informada de manera objetiva, completa y veraz.
  • Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    El 11 de junio de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, misma que entró en vigor al día siguiente de su publicación.
  • En marcha

    Instalación del Consejo Consultivo de la Comisión para la
    Transparencia y Combate a la Corrupción integrado por 18 dependencias del Gobierno Federal
  • Period: to

    LFTAIPG / IFAI / INAI

    IFAI Garantiza el Derecho a la Información Pública promoviendo
    la Política de Transparencia y Rendición de cuentas INAI Armonización de la Política de Transparencia a nivel Federal. Se declara oficial 11 de Junio 2003, la LFTAIPG Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental lo que ha permitido tener un instrumento regulatorio para garantizar el derecho a la información.
  • Avances

    En este año ya son 28 estados que contaban con las leyes de acceso a la información;aunque con deficiencias y problemas de eficacia y vigencia debido a fallas de organización, operación y sistemas apropiados de información; existiendo de acuerdo con Velasco (2007) un 50% de solicitudes de información sin respuesta, el camino está iniciado.
  • Modifica la Constitución

    Es aprobada la reforma al artículo 6° Constitucional acerca de los fundamentos del DAI en México por el Congreso de la Unión para posteriormente publicarlo en el Diario Oficial.Diario Oficial de la Federación.
  • Servidores Públicos

    "Los servidores Públicos deberán aceptar que están sujetos a un escrutinio permanente por cualquier persona, en cualquier momentos y desde cualquier parte, pero tambien se deberá reconocer que la información en posesión del gobierno es un bien público que se encuentra al alcance de todos los mexicanos"
  • Estado de Tabasco

    se publica en el periódico oficial del Estado, la última ley en materia de transparencia con lo que los 31 estados de la República Mexicana y el D.F. y la Federación ya contaban con la legislación.
  • Reforma Constiucional

    Nueva reforma del artículo sexto constitucional y se amplían los principios rectores de la política de transparencia y se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones; y la manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de un tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público. El derecho de la información será garantizado por el Estado.[...]
  • Reforma al artículo 1° de la Constitución

    El 10 de junio de 2011 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto de reforma constitucional en materia de derechos humanos donde entre los cambios más relevantes están:
    cambia el título del capítulo I de "Garantías individuales" a "De los derechos humanos y sus garantías"
    el artículo I en vez de otorga los derechos, ahora los reconoce, es decir que nacemos con esos derechos y no es la constitución la que los otorga; y donde uno de esos derechos es la "Información"
  • Period: to

    Reformas al artículo 6°

    El artículo 6° Misma reforma que pretende innovar en los mecanismos de acceso a la información pública, salvaguardando al mismo tiempo los derechos de los usuarios y se garantiza, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
  • IDAIM

    IDAIM. Índice de Derecho de Acceso a la Información en México.
    Mide la calidad de las leyes de Transparencia según las mejores prácticas nacionales e internacionales y estándares constitucionales

    que permite identificar que tan garantes son las leyes así como su armonización con principios y bases constitucionales.
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    se publica en el Diario Oficial de la Federación; que tiene como principio, establecer las bases mínimas que debe considerar la Federación, el entonces Distrito Federal y los Estados, para garantizar el acceso a la información.
  • Nueva Ley publicada en Diario Oficial de la Federación

    Esta Ley garantiza el Derecho de Acceso a la Información Pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realicen actos de autoridad.
  • Reafirmación

    Se establecen las bases de coordinación entre la Federación, entidades federativas, municipios, alcaldías de la CDMX para el funcionamiento del Sistema Anticorrupción.