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Estudió en el exterior Pedagoga de la Universidad de Georgetown. Integró en Colombia el método Montessori.
Publicó la revista Femeninas en Pereira que trataba sobre los derechos de la mujer -
Empresa Fabricato en Bello, Antioquía. Dirigida por María Betsabé Espinal, no contó con el apoyo de sus compañeros. Firmó un acuerdo de aumento del 40% de los salarios más 9 horas y 50 minutos de jornada laborar, suministro de alpargatas y el no acoso sexual de sus jefes.
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Dirigió la lucha por los derechos civiles fundamentales de la población y por los derechos de los trabajadores asalariados. Fomento la convocatoria y agitación de huelgas. Participó en la creación de la revisa Cyrano en donde escribía poesía y cuentos.
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Escritora, artista y educadora defendió el proyecto de ley sobre los derechos de la mujer colombiana que fue presentado el 6 de Mayo de 1928 en el congreso por el senador Absalón Fernández el cuál no alcanzó quorum pues no fue votado.
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Periodista y activista sufragista presentó junto con Georgina Fletcher y un grupo de mujeres en diciembre una reforma constitucional para dar a la mujer la posibilidad de administrar sus bienes y no su marido, hermano, padre o tutor. Se llamó Ley sobre Régimen de Capitulaciones Matrimoniales.
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Fue aprobada y sería el primer reconocimiento de las mujeres como sujetos de derecho.
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Ley que permitía el ingreso a las mujeres a la secundaria y la universidad 1972.
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Se obtuvo el acceso a cargos públicos de las mujeres.
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Se da entrega a las mujeres el derecho al voto por Gustavo Rojas Pinilla.
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Se hacen reformas al Código Sustantivo de Trabajo y se prohíbe el despido de la mujer en estado de embarazo.
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Se entrega la igualdad de derechos y obligaciones para hombres y mujeres en donde se le otorga a la mujer la posibilidad de ejercer la patria de potestad en igualdad de condiciones al padre, se elimina la obligación de obediencia de la mujer frente a su cónyuge.
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Para los efectos de la presente ley, entiéndase por "Mujer Cabeza de
Familia", quien siendo soltera o casada, tenga bajo su cargo, económica
permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge
cargo al sistema de seguridad social, buscando la protección integral,
cuyos servicios se les prestarán en forma efectiva, bien sea con sistemas
propagados, a crédito y por excepción de manera gratuita. -
Por la cual se desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y se
dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia
intrafamiliar. La presente Ley tiene por objeto desarrollar el artículo 42,
inciso 5o., de la Carta Política, mediante un tratamiento integral de las
diferentes modalidades de violencia en la familia, a efecto de asegurar a
ésta su armonía y unidad. -
Asignar a las mujeres como mínimo el 30% de los cargos de libre
nombramiento y remoción tanto en el máximo nivel decisorio como en
los demás niveles de decisión. Incluir al menos el nombre de una mujer
en cada terna y conformar las listas con nombres de hombres y mujeres
en igual proporción -
La presente ley tiene por objeto establecer el marco institucional y
orientar las políticas y acciones por parte del Gobierno para garantizar
acuerdos internacionales sobre esta materia. La igualdad de
oportunidades para las mujeres, y especialmente para las niñas, es
parte inalienable, imprescriptible e indivisible de los derechos humanos
y libertades fundamentales. -
Créase con carácter permanente el Observatorio de Asuntos de Género,
OAG, el cual estará a cargo del Departamento Administrativo de la
Presidencia de la República a través de la Consejería Presidencial para la
Equidad de la Mujer o de la entidad rectora de la política pública para el
adelanto de la mujer y la equidad de género. El OAG tiene por objeto
identificar y seleccionar un sistema de indicadores de género, categorías
la equidad de género en Colombia. -
“Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de
formas de violencia y discriminación contra las mujeres”. -
Atención integral a la violencia contra la mujer y no cobro de copagos.
Principios de prevalencia de derechos y enfoque diferencial en la
atención. -
Fomentar la participación de la Mujer en el ejercicio de la labor
Legislativa y control político a través de la creación de la Comisión -
Modificación del artículo 113 de la Ley 599 de 2000, Aumento de penas
por lesiones que ocasionan deformidad causadas por agentes químicos
y ácidos; control a la comercialización de estos productos y la atención
especializada a las víctimas de quemaduras con ácido.