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Se consideraba la discapacidad como un "castigo de los dioses" y que las personas con diversidad no tenían nada que aportar a la comunidad.
Así se asumía que sus vidas carecían de sentido y que, por lo tanto, no merecía la pena que la vivieran. -
Lluís Vives empieza a hablar sobre la situación de las personas con diversidad en su obra De subventione pauperum. En esta se habla sobre el abandono en el cual vivían los pobres y los marginados (personas con discapacidad) el número de los cuales iba en aumento en pleno siglo XVI. Esto planteaba no solo problemas de orden social, sino también moral y religioso. Así, a través de su escrito quería que se los empezara a tratar como iguales en todos los ámbitos o, como mínimo, ayudarlos.
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Durante la época de la ilustración y a finales de s. XVIII se estableció una diferencia conceptual entre "trastornados mentales" y "deficientes" y se inició la idea de la posibilidad de educar las personas con diversidad. Antes, durante el s. XV, la diversidad había empezado a tratarse pero sin carácter educativo. En España la única excepción fue la institución "Padres de Huérfanos"(s. XIV), donde se educaba a los menores, considerados "marginados sociales" de cara en el mundo laboral.
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A raíz de la I Guerra Mundial y de la introducción de las primeras legislaciones en torno a la seguridad social, el concepto de discapacidad asiste a un cambio de paradigma.
Los impedimentos físicos y mentales dejaron de ser considerados castigos divinos y empezaron a entenderse formalmente como enfermedades que podían recibir tratamientos, por lo cual, las personas con diversidad no necesitaban ser marginadas de la sociedad. -
Tiene sus orígenes en el Movimiento de Vida Independiente, que nació en los Estados Unidos a finales de los años 60 del siglo pasado, en la Universidad de Berkeley, California.
En lugar de entender la diversidad como una carencia de la persona, se entiende como un hecho al cual se tiene que poner remedio a través de la inserción. De este modo, se pasa a ver las deficiencias como un producto social, resultado de las interacciones entre un individuo y un entorno no concebido para él. -
La OMS publicó en 1980 a raíz del Asamblea Mundial de la Salud, la International Classification of Impairments, Disabilities and Hàndicaps. A Manual of Classification Relation to the Consequences of Disease.
Una clasificación Internacional de las Deficiencias, Discapacidades y Minusvalideces (CIDDM), con el objetivo de unificar criterios sobre discapacidad a escala mundial. -
Las Naciones Unidas proclamaron el año 1981 como el Año Internacional de las Personas con Discapacidad para promover la participación plena e igualitaria de las personas con diversidad en todos los aspectos de la vida.
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Nacen las primeras organizaciones destinadas a ayudar a las personas con diversidad. En este caso, encontramos que una de las primeras fue la OND (Organización Nacional de Diversidad) la cual se enfoca a mejorar y potenciar las oportunidades de trabajo de las personas con diversidad en los Estados Unidos.
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La Constitución Española aprueba la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).
Esta normativa establece las bases de la integración de las personas con diversidad y conforma un marco legal a partir del cual empiezan a articularse las principales leyes relacionadas con la discapacidad. -
En sus artículos se establecen preceptos "para conseguir los objetivos de igualdad y plena participación". Según estos, "no bastan las medidas de rehabilitación", sino que se tiene que asegurar el acceso a la vida familiar, la ocupación, la educación, la vivienda, la seguridad social, la participación en grupos sociales y políticos, las actividades religiosas, las relaciones afectivas y sexuales, el acceso a las instalaciones públicas y la libertad de movimiento.
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Organizada por el Gobierno Español y la UNESCO se aprueba la «Declaración de Salamanca», que proclamaba, entre otros puntos, que: Los sistemas educativos tienen que ser planificados y programados para que tengan en cuenta una amplia gamma de características, intereses, capacidades y necesidades de aprendizaje de los diferentes niños y niñas o que, los niños con necesidades educativas especiales tienen que tener acceso a las escuelas ordinarias sin ningún tipo de discriminación.
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La Comisión Europea puso en marcha en 1999 la iniciativa eEurope – Una Sociedad de la Información para todos. Esta iniciativa dio lugar a la revisión de la legislación sobre la sociedad de la información y normas de accesibilidad, aprobando entre otras cosas, el compromiso que todas las administraciones públicas (locales, comarcales, provinciales, autonómicas, nacionales y europeas) tuvieran sus sitios web accesibles.
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Se aprueba en 2003 a raíz de la iniciativa eEurope.
La LIONDAU (Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad). Esta ley establece las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de las tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social. -
Aprobación por parte de las Naciones Unidas de la «Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad» y un «Protocolo Facultativo» el 13 de diciembre de 2006.
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Se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no-discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, que establece que corresponde al legislador autonómico la tipificación de las infracciones y las sanciones, sin perjuicio del régimen de infracciones que establece para garantizar la plena protección de las personas con discapacidad.
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El Gobierno Español inició un proceso de adaptación de la legislación Europea, en cuanto a la Convención del 2006, con el fin de incorporarla a nuestro ordenamiento jurídico. Para lo cual, llevó a cabo una serie de iniciativas, como por ejemplo la Estrategia española sobre discapacidad 2012-2020, como fórmula para colaborar en la plena autonomía e inclusión del colectivo, y la elaboración del Plan de Acción 2012-2015, con el objetivo de fomentar la igualdad de trato ante la Ley.
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El año 2013 se iniciaron los trámites para refundir en un único texto las tres leyes de discapacidad vigentes en España. La del 1982 (LISMI), la ley del 2003, sobre igualdad de oportunidades, y la ley del año 2007, por la cual se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con diversidad. Con el propósito de garantizar la implantación de las directrices de la Convención Internacional (2006).
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El año 2014 entró en vigor el Texto Refundido de la Ley General de Discapacidad. Esta, contempla, por primera vez, una serie de aspectos clave, como la definición extensa de todos los tipos de discriminación o la protección a colectivos especialmente vulnerables, susceptibles de sufrir discriminación múltiple. Así como también incluye un título dedicado en los derechos de las personas con discapacidad, a través del cual se garantiza su protección en todos los ámbitos de la vida.
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VELARDE LIZAMA, V: Los modelos de la discapacidad: un
recorrido histórico , Models of Disability: a Historical Perspective World Health Organization: International classification of impairments, disabilities, and handicaps : a manual of classification relating to the consequences of disease, published in accordance with resolution WHA29.35 of the Twenty-ninth World Health Assembly, May 1976 Boletín Oficial del Estado: Disposición 12632 del BOE núm. 289 de 2013 -
LIONDAU - Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LEY 51/2003, de 2 de diciembre). Web:https://www.bonaval.com/kb/legal/liondau-ley BOE: Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad
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Fundación Adecco: De la LISMI a la Ley General de Discapacidad (LGD): la discapacidad cambia de ley RAMIRO, J.C: La evolución conceptual del derecho de la discapacidad Infocop: Pasado y presente de la discapacidad: Nueva Ley General de Discapacidad LGD: Ley General de Discapacidad. Web: http://www.lismi.es/que-es-la-lismi/ National Organization on Disability: https://www.nod.org/