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Establece la responsabilidad del Estado para el traslado de los recursos genéticosdentro y fuera del país y por tanto, el Estado es el único autorizado para suministrarlos recursos genéticos
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Fue negociado bajo el auspicio del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y quedó abierto a la firma en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, denominada “Cumbre de la Tierra”, celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992
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Ratificación colombiana de la Declaración de Rio y el Convenio de Diversidad Biológica. Sus objetivos principales son: La conservación de la diversidad biológica.El uso sostenible de sus componentes. El reparto justo y equitativo de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos
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Adopción del modelo referencial de solicitud de acceso a recursos genéticos por parte de la Junta del Acuerdo de Cartagena. Con el fin de autorizar el acceso a recursos genéticos con fines de investigación, prospección biológica, conservación, aplicación industrial o aprovechamiento comercial
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Esta decisión resulta por la coalición de cinco países andinos: Colombia, Perú, Venezuela, Panamá y Bolivia, con el propósito de aclarar las dudas expuestas en el Convenio de Diversidad Biológica-CDB, resaltando tres puntos importantes sobre los recursos genéticos, los cuales son inalienables, imprescriptibles e inembargables
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Establece el régimen de propiedad industrial así como el trámite de las solicitudes de patente. Concluyen que la concesión de patentes desarrolladas a partir de recursos biológicos, genéticos y/o conocimientos tradicionales originarios en los países de la Comunidad Andina de Naciones estará supeditada a la adquisición legal de estos
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Reglamenta la investigación científica en diversidad biológica y recalca la obligación de cumplir con las normas de acceso a recursos biológicos y productos derivados
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Se llevó a cabo en Curitiba, Brasil, del 27 al 31 de Marzo de 2006; con el objeto de entender el tipo de negociación que se lleva a cabo mundialmente en el marco del Convenio de Diversidad Biológica
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Define la reestructuración del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en donde además asigna que los trámites correspondientes a contratos de acceso a recursos genéticos o productos derivados, sean manejados por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos
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Reglamentación del permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación (no comerciales)
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Establece los lineamientos para lograr una participación justa y equitativa en los beneficios provenientes del acceso de los recursos genéticos.
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Establece las actividades que configuran acceso a los recursos genéticos y sus derivados, de acuerdo con lo pactado en la Decisión Andina 391.
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Modificaciones en solicitud de patentes, definiendo con mayor claridad las actividades relacionadas con el recurso genético