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regulacion de documentos por el Tabellio, perito en escritura y conocedor de leyes
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en el libro de prefecto se reglamentaban las actividades del notariado y las cualidades morales e intelectuales del aspirante a Notario
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recopilación y legislación de la fe publica y la fe el escribano, primero con el Fuero Real, después con el Especulo y finalmente con las 7 Partidas
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Los primeros en impartir la catedra del arte notarial, tratados y formularios catedráticos Ronaldinho Passaggeri y Raneiro de Perugia haciendo hincapié en la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales.
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Maximiliano I de Austria dicta la constitución Imperial sobre el Notariado, en Francia en 1803 aparece la Ley 25 del Ventoso del año XI, por ultimo la Ley Española de 1862. Retomadas en México Colonial además de decretos y cédulas reales dictadas en forma especial para regular la vida jurídica de la Nueva España y las colonias de América
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A los Notarios se les llamaba Escribanos Públicos en funciones Notariales, Escribanos de diligencias, Secretario de Juzgado o Actuarios de Juzgado los cuales daban fe de las actuaciones del juez en audiencia y Escribanos del oficio de Hipotecas, además de los de funciones de entradas y salidas de la cárceles
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En el primer imperio mexicano se seguía aplicando el derecho positivo aplicado durante la colonia, hasta que en 1831 se decreto de la Secretaria de Justicia las disposiciones para obtener el titulo de Escribano y era necesario no tener antecedentes de delitos públicos y en el año 1836 fue decreto nacional
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El oficio de escribano era vendible y heredable además de comprarlo y enajenarlo. los requisitos eran que supiera leer y escribir, provenir de una familia, ser cristiano y tener autoridad pública, vecino del pueblo
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Protocolos y lineamientos que se debían presentar ante el supremo Tribunal
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Se dicta la Ley de Desamortización de los bienes eclesiásticos que obligaba a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley
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Se publico El Diario del Imperio, La Ley Orgánica del Notariado y del Oficio del Escribano: PRIMERA LEY ORGANICA DEL NOTARIADO la cual se distingue su actividad con la de los Secretarios y Actuarios de Juzgados.
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LEY ORGANICA DE NOTARIOS Y ACTUARIOS DEL DISTRICTO FEDERAL, la cual terminaba con la venta de Notarias y separaba la acción del notario y la del secretario sustituyendo el signo por el SELLO
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Se crea el Archivo General de Notarias dándole la categoría de funcionario publico
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Protocolo abierto, regulado como licenciado. libro de registro de cotejos