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La historia del derecho mercantil no debe ser confundida con la historia del comercio, pues esta última nace
desde que se evidencia en el hombre la necesidad de intercambiar productos con otros semejantes, para
satisfacer sus necesidades y el surgimiento del Derecho Mercantil tiene indicios en el Código de Hamurabi. -
se encuentran disposiciones sobre préstamo a interés, el depósito, algunas formas de comisión, arrendamiento de barcos, responsabilidad del dueño de la nave y del barquero y el abordaje.
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Surgio en el Imperio el reconocimiento de los usos mercantiles, el riguroso procedimiento de ejecución por deudas, y por sobre todas, el Pretor fue revestido de facultades legislativas que le permitieron adaptar las instituciones jurídicas a las exigencias del tráfico comercial y a la evolución de necesidades de la vida social.
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En la Roma Imperial su dominio sobre toda la cuenca del Mediterraneo cuando se estructuraron los contratos de representación , las reglamentaciones marítimas, las instituciones bancarias y de cuentas como el receptum argentarium, contrato en virtud del cual el banquero se comprometía a pagar las deudas de su cliente.
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Esta Rama del derecho entendida como sistema de principios generales aplicables a las actividades mercantiles, nació de una segregación del derecho privado que tuvo ocurrencia bien avanzada la Edad Media.
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Inicia un periodo denominado revolución comercial, se produjo un aumento sin precedentes de población, que provocó una demanda de productos de todo tipo y, por ende, el desarrollo del comercio, primero a nivel local con mercados y después a nivel internacional.
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Inició el florecimiento de las ciudades, lo cual contribuyó decisivamente al auge del comercio, la nueva clase de los comerciantes impulsada por razones de seguridad, se asoció en guildas, hernadades, hansas y toda suerte de corporaciones cerradas y exclusivistas que se dictaban sus propios estatutos.
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Abrieron el comercio con el cercano oriente y los puertos septemtrionales - Amberes, Brujas y Amsterdam- en Flandes. Las ciudades italianas como Pisa, Amalfi, Venecia,etc, se vieron enriquecidas, a la vez que eran los puertos mas importantes del mediterraneo; Siena, Lucca, Milán y Florencia, entre otras, eran plazas comerciales e industriales de primer orden, siendo la última considerada como el mayor centro bancario y cambiario.
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Fue inicialmente un sistema jurídico utilizado por los comerciantes en la Europa medieval, por medio de este conjunto de normas y principios, establecidos por los propios comerciantes, estos regulaban sus relaciones.
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En el Renacimiento las leyes solo eran expedidas por los soberanos, una de las ley caracteristica fue las Ordenanzas de Bilbao, se reguló el deber del comerciante de llevar la contabilidad, las compañias mercantiles eran solemnes y debían constituirse mediante escritura ante escribano público, contenían reglas sobre negocios entre personas residentes en distintos lugares, existía solidaridad de quienes intervenían en el giro y negociación de letras de cambio.
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Se elaboraron Códigos de normas para sistematizar la legislación por materia, y reunirlas en un solo ordenamiento, se impuso el modelo de codificación en gran parte de Europa gracias a las invasiones napoleónicas.
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Implico la sofisticación en la producción y el intercambio de bienes y servicios, se propuso la unificación del derecho privado, dejando la división entre civil y mercantil.
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En 1854 bajo el imperio de Santa Anna fue expedido el primer código de comercio mexicano, conocido como Código Lares.
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Debido a la falta de una legislación en materia de comercio, se reformo la Consitución Politica de 1857, dandole la facultad al Ejecutivo de legislar en materia de comercio, bajo el mando de Porfirio diaz, se expidio un tercer código de comercio , que duro hasta nuestros dias.
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En el siglo XX surgieron grandes cambios en la primera mitad surgio el capitalismo y comunismo, mientras que en la segunda mitad el comunismo cayo dando pie a la privatización , surgieron nuevas formas de financiamiento y se fortaleció el mercado de valores.
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No cabe considerar hoy que Derecho mercantil sea lo mismo que Derecho del comercio: son ajenas al Derecho mercantil todas las cuestiones fiscales, de relación con las Administraciones públicas o laborales. Las normas del Derecho mercantil al regular las obligaciones y actuaciones en el tráfico económico privado, incluyen dentro de su ámbito de aplicación todas las actividades que se desarrollan dentro del tráfico económico privado.