-
En este apartado se destacan las inscripciones más antiguas históricas
-
Faraones, reggae, y sacerdotes exigían el trabajo gratuito para la construcción de monumentales edificios religiosos o gubernamentales.
-
Este representaba una fuente barata de mano de obra ya que pasó a ocupar la mayoría de los puestos de trabajo, sobre todo, faenas de baja categoría.
-
No había asomo del actual derecho de trabajo en estas disposiciones de trabajo que acompañaron a las diferentes civilizaciones se extinguieron cuando declinaron las mismas.
-
No podemos hablar con propiedad de un derecho laboral en épocas anteriores al siglo XIX.
-
Las regulaciones laborales en la antigua Mesopotamia, egipto, china, israel, grecia y Roma casi todos los pueblos de la antigüedad no puede juzgarse bajo la perspectiva moderna pues dicha práctica era normal.
-
Son varios los factores que marcaron las relaciones laborales durante estos siglos cómo las extensas jornadas de trabajo, al negarse los obreros a trabajar en esas bajas condiciones y la ausencia de medidas higiénicas.
-
1524 hasta 1821 la población indígena siguió cultivando los ancestrales productos de subsistencia en los terrenos que pudieron conservar o gestionar, destacado el nativo maíz, calabazas, chiles y algunas hierbas comestibles; por su parte los españoles promovieron el cultivo de trigo, añil, cacao y caña de azúcar
-
En 1574, la corona aprobó en forma precisa las normas relativas al sistema de repartimientos, de esa cuenta todos los indios varones entre 16 y 60 años, tenían la obligación de trabajar En beneficio de los españoles.
-
Todo el esfuerzo conjunto que poco a antes de canalizaba en la edificación de grandes fortalezas se destino a la construcción de las impresionantes catedrales góticas de Charles, parís, colonia, milán.
-
En 1600 los ayudantes indígenas fueron aprendiendo alguno de los muchos oficios y para esa fecha ya habían confiteros, plataneros, coheteros, relojeros, escultores, pintores, tadores, sombrereros entre otros.
-
Se conoció con diferentes nombres según la región: guildas, estamentos, colegios, corporaciones o, cómo más que acepto, gremios. formados por categoría de trabajadores como maestros oficiales compañero aprendices.
-
Presidentes como Antonio peraza y Ayala, diego de Avedaño y Francisco Escobedo pretendieron en 1624, 1634 y 1636 respectivamente, favorecer la libre concurrencia y la libre empresa al autorizar tener taller a quienes todavía no eran maestros, no solo en la ciudad de Santiago sino también especialmente en los pueblos de indios.
-
Son varios los factores que marcaron las relaciones laborales durante estos siglos cómo las extensas jornadas de trabajo, al negarse los obreros a trabajar en esas bajas condiciones y la ausencia de medidas higiénicas.
-
Fueron prohibidas las corporaciones en Francia por ser un factor que interfería en el libre ejercicio de la contratación.
-
Se abolieron los gremios en Francia.
-
La asamblea Constituyente voto por una ley de supresión.
-
Ya en el nuevo orden, que definitivamente certifico la defunción de este sistema de monopolio caduco.
-
En ese entonces durante la época colonial prevaleció en Guatemala el sistema gremial.
-
Todavía utilizamos a diario resabios de este sistema que todavía prevalece maestros de obra que dirigen las construcciones; los compañeros que están con nosotros en el trabajo; los aprendices que llegan principiantes para adquirir los conocimientos de un trabajo y que están en un capítulo específico del Código de trabajo.
-
Permaneció por mucho tiempo hasta que la Constitución de Cádiz de 1812 reconoció la igualdad formal entre españoles indígenas y mestizos.
-
De manera directa las Cortes acordaron La abolición del repartimiento, sinembargo al restaurarse la monarquía absoluta con Felipe VII, se declaró nula toda actuación de las Cortes.
-
1821 el repartimiento de indios fue nuevamente establecido por pocos años hasta en la independencia de ese año sin embargo las repúblicas, ya independientes, taro medidas que de manera disfrazada adoptar a un modalidades que de alguna forma legitimaba el uso forzoso de la mano de obra.
-
Dicho decreto fue sustituido por el decreto 126 del 26 de octubre de 1884 que crea una contribución de camino este último decreto fue a su vez modificado por el número 187 del 26 de octubre de 1874 qué establece el impuesto de vialidad.
-
La revolución industrial la primera mitad del siglo XIX cómo canción de la llamada revolución industrial está emergente disciplina jurídica empezó a manifestarse a través de normas pietistas qué reclamaban en ese entonces condiciones más humanas, o menos rigurosas para los trabajadores.
-
Cerca de 1850 los gremios no tenían ningún reconocimiento legal.
-
Imponía desde 4 meses a un año de trabajos forzados en obras públicas, a ladrones o daña dores de plantíos de café.
-
Imponía la pena de un año de trabajos forzosos en las fincas de las costas de la república, a culpables de infracción en el ramo de licores.
-
De lo civil a lo laboral Cuando el legislador atendió el fenómeno laboral no encajó en el contexto del Derecho civil. Por eso las primeras disposiciones Tenían un marcado acento civilista.
-
Autoriza la municipalidad de Totonicapán a cobrar 50centavos por cada Peón que proporcione a los cultivos de café.
-
:En sus considerandos Consigna que, aunque no se oculta a las autoridades delegadas para hacer las leyes y para cumplirlas, qué el trabajo en una sociedad libre no debe reglamentar sé, y no dejar a la espontaneidad individual de oferta y demanda, es un claro refrendo de la visión civilista de la normativa laboral.
-
Ley de trabajadores, contenía saludables disposiciones que lamentablemente no llegaron a cumplirse.
-
Se emitieron las primeras leyes a favor de las asociaciones obreras.
-
Emerger concepto de derechos sociales y comienzan los gobiernos a reconocer la realidad del empuje del movimiento colectivo laboral.
-
Dónde se acepta la libertad de precios en los contratos de trabajo.
-
El 12 de agosto de 1903 se reconocía no miserables de los salarios y se fija va a partir del 1 de septiembre, jornales en el campo de 12 reales diarios.
-
Hubo necesidad por medio del decreto gubernativo 657 de declarar nulos y sin ningún valor ante los tribunales de justicia y autoridades administrativas del país todos los convenios que celebren en la República entre propietarios o administradores de fincas para el canje o venta de mozos.
-
Emitida el 21 de noviembre de 1906 su reglamento apareció 1 año después. Es una interesante anticipación de la futura previsión social hoy día presente en la mayoría de las estructuras estatales.
-
El Ejecutivo insistiría en prevenir a los jefes políticos de la manera más enérgica el Exacto cumplimiento de las leyes y disposiciones gubernamentales referente a la libre contratación de los jornaleros.
-
El merito de ser la primera legislación que absorbió derechos laborales.
-
Emitida después de su revolución
-
Se crea la cartera de agricultura y trabajo.
-
Código fiscal del 30 de mayo de 1921 aumentaría encuanto a días de trabajo la referida contribución.
-
Se realizó con mucha Euforia en ese día del año 1921 el primer gran desafío abierto de los trabajadores, fue la huelga de La Unión ferrocarrilera, qué en 1920 paralizó todo el sistema
-
Demandaron la reducción de la jornada de trabajo, aumento de salario y reconocimiento para su organización.
-
Se autorizó el contrato sobre la inmigración de colonos checos.
-
En el mismo año se autorizó a Ricardo Dent Prieto atraer al país hasta un mil inmigrantes europeos de ambos sexos, sanos, laboriosos y de buenas costumbres, no mayores a 50 años.
-
Se reporta la huelga de zapateras que plantearon además de salario y la jornada talleres higiénicos y un mejor trato para los trabajadores a esta huelga se le atribuye un éxito parcial.
-
Se autoriza a The Mexican and General Corp. Ltda traer hasta 3,500 naturales de la India para emplearlos como peones en trabajos agrícolas de las fincas de la Corporación.
-
De la asamblea legislativa de Guatemala conocido como ley de trabajo en su Artículo uno tenía la que el contrato de trabajo Se regirá por las prescripciones del derecho común y por las disposiciones especiales de la ley.
-
En 1926 se decretó la ley del trabajo qué se destaca por ser el primer conjunto sistematizado de contenido laboral y de aplicación general.
-
Señala un mínimo de 75% de trabajadores guatemaltecos en negocios comerciales
-
en camino se ha destacado como una de las particularidades del régimen ubiquista.
-
La revolución de octubre de 1944 marcó el final del régimen dictatorial de Jorge ubico y abrió las puertas a una Euforia que produjo una apertura democrática quizá la primera en el devenir histórico de Guatemala que sirvió de plataforma para la implementación de instituciones ya vigentes en otras latitudes y largamente añoradas en el país qué se centraron en el código de trabajo y seguro social, decreto 330 que está inspirado en otros códigos de países latinoamericanos.
-
Cuándo se plasmaron en forma sistemática esos derechos dentro de un sinuoso laberinto político jurídico.
-
Hubo una recreación general en contra de esas prácticas Y de forma quedó plasmado en las diferentes constituciones de los países de la región.
-
En todo caso la nueva constitución política se encargó de esta misma y se metió al año siguiente.
-
El 1 de Mayo de 1947: Entró en vigencia el código de trabajo.
-
En algunos aspectos el código parece haber quedado congelado en 1947 como la prohibición del artículo 7, las lides de gallos concubina del artículo 85, la falta laboral, la autorización de tener cerdos enchiquerados del artículo 61
-
Decreto 1441 en mayo de 1961 después de 15 turbulentos años de vigencia de la etapa de Arbenz y la posterior Liberación nacional encabezada por Castillo Armas, prácticamente este es el mismo código vigente desde 1961.
-
No ha sufrido tampoco mayores cambios en su texto se han dictado algunas reformas y regulaciones laborales en cuerpos separados como anexos, se asimilan a la normativa laboral como por ejemplo los decretos que establecen prestaciones como aguinaldo, bono incentivo, compensación económica y Bono 14.
-
Autoriza a la compañía japonesa Japanese In formation Bureau por medio de su representante Eduardo Laugier traer inmigrantes japoneses útiles y laboriosos.
-
Para algunos fue la necesidad de actualizar algunos pasajes del código; para otros fue el producto de ciertas presiones provocadas por sindicatos norteamericanos a través de las amenazas de suprimir a Guatemala, en todo caso en diciembre de 1992 se publicó el decreto 64-92 qué contiene la reforma de 1 treintena de artículos del código, en los órdenes, individual, colectivo punitivo y procesal.
-
La necesidad, la mayor efectividad y la competencia internacional reclama más dinamismo, atención a temas como el trabajo a tiempo parcial, aprendizaje en todas sus variedades, los diferentes salarios mínimos según la actividad, teletrabajo medición del rendimiento y su retribución.
-
Nuestra actual legislación establece actualmente un 90% de Nacionales en los negocios comerciales.
-
-
Destacó que el salario mínimo en 207.44 pesos diarios dará dinamismo a la economía local, al mercado interno y se apoyará no solamente a los empleados, sino a sus familias.
-