Historia del derecho de las familas

  • 400

    Familia medieval

    La influencia de la doctrina cristiana, fundada en la indisolubilidad del vínculo matrimonial, en la asociación u respeto mutuo que cebe reinar entre los cónyuges, así como en la autoridad racional del esposos sobre la esposa e hijos, prevalecen en el medioevo. La familia se representa como organismo de ética muy elevada y como un núcleo social fuertemente constituido.
  • 1400

    Familia moderna

    A pesar de haberse conservado el carácter monogámico del matrimonio, se impone el matrimonio civil, con el consiguiente establecimiento del divorcio vincular. La trascendencia y el esplendor de la ceremonia religiosa de antaño fueron reemplazados por una simple manifestación de voluntades ante un funcionario del estado.
  • Familia contemporanea

    Luego cuando aparece lo que se conoce como la civilización, fundamentada sobre conceptos tales como el estado, propiedad privada, familia monogámica etc. y con el desmoramiento de las sociedades organizadas con base en la tribu, las gens o estirpes, el parentesco pasa a determinarse por la rama paterna, acentuándose con la autoridad del padre; la familia entonces deja de ser matriarcal para convertirse en patriarcal.
  • Familia legitima o tradicional

    En el sistema jurídico colombiano bien puede seguir hablándose de familia legítima "para referirse a la originada en el matrimonio , en el vínculo jurídico; y de familia natural para referirse a la que se establece solamente por vínculos naturales. Esta clasificación no implica discriminación alguna. Significa únicamente que la propia Constitución ha reconocido el diverso origen que puede tener la familia.
  • Familia Extramatrimonial

    Dimana de la unión sexual y de la procreación por fuera del matrimonio. Esta especie de unión, carece de una regulación positiva completa en nuestro sistema, toda vez que la ley se ocupa tan solo de dos de sus efectos, a saber: la filiación extramatrimonial, gobernada básicamente por las Leyes 45 de 1936 y 75 de 1968, y el aspecto económico o patrimonial de que trata la Ley 54 de 1990.
  • Ley 74: Pactos internacionales de Derechos económicos, sociales y culturales.

    En este se contempla la protección y la asistencia familiar, reconociendo la familia como fundamento en la sociedad; por lo que necesita de una amplia gama de protección y asistencias.
  • Constitución

    Considera la familia, como unidad fundamental de la sociedad, merece los principales esfuerzos del Estado con el fin de garantizar su protección integral y el respeto a su dignidad, honra e intimidad intrínsecas. De allí que la obligación de salvaguardia en cabeza del ente estatal no esté condicionada por la conformación del núcleo familiar de acuerdo con las ritualidades del matrimonio, sino que se refiera llanamente a la familia en su naturaleza extra jurídica.
  • Ley 82

    En esta se comprende una forma diferenciada de familia, al reconocer la categoría de Jefatura Femenina de Hogar, esto derivado a los diferentes cambios sociodemograficos, económicos, culturales y de las relaciones de genero que se producen en la estructura familiar. Redefiniendo el papel de la mujer en la familia y los procesos de producción y reproducción social en torno a ella.
  • Ley 265

    Velando por la garantía de un desarrollo armónico de la personalidad del niño en un medio familiar adecuado, en la necesidad de prpoprcionarle una familia adecuada, cuando falta o falla la de origen, de garantizar sus interes superiores y el respeto de sus derechos fundamentales y, de prevenir toda forma de atentar contra estos. Esto proporciona una aproximación frente a la funcionalidad de las familias y como presenta diferentes expresiones.
  • Ley 258

    Este menciona la afectación a vivienda familiar el bien inmueble adquirido por uno de los conyugues, sea este adquirido antes o después del matrimonio, en el que se destina la habitación de la familia. Se reconoce como los inmuebles dejan de tener una caracterización individual y se transfieren hacía un colectivo, en este caso la familia comprendida como un conjunto.
  • Ley 1346

    El art.16 de la Ley en estudio prevé que los Estados ofrecerán formas adecuadas de asistencia y apoyo que tengan en cuenta el género y la edad para las personas con discapacidad y sus familiares y cuidadores, incluso proporcionando información y educación sobre la manera de prevenir, reconocer y denunciar los casos de explotación, violencia y abuso.
  • Familia homoparental

    Se reconoce desde el año 2016 la existencia de las parejas homoparentales como unidad familiar, lo que significa una aproxímación a niveles diferenciados de la representación familiar.