HISTORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL - MEXICO.

  • Period: 1501 to 1521

    Época prehispánica (SIGLO XVI)

    En el pueblo azteca se protegía principalmente a guerreros que recibían atención médica, en establecimientos parecidos a los hospitales, en los que también se atendía a los enfermos del pueblo. Los recursos para la práctica de esta asistencia eran extraídos del erario público y que servían principalmente para entregarles el beneficio de la asistencia médica, a quienes habían servido al Estado.
  • 1521

    Época colonial

    Época colonial
    La Nueva España se llenó de varios hospitales entre los que destacaba el de la ciudad de Puebla "Hospital de San Pedro", que hoy en día se ha destinado al Museo del Virreinato.
  • 1529

    Hospital "de los Indios".

    Hospital "de los Indios".
    Fray Pedro de Gante, funda en la Ciudad de México, el Hospital Real de los Naturales, destinado exclusivamente a los indios y fue durante la colonia, junto con el de Jesús, el Centro de Estudios Médicos y Quirúrgicos dedicado a la Enseñanza.
  • 1567

    Hospital "para los Convalecientes".

    Hospital "para los Convalecientes".
    Bernardino Álvarez funda el Hospital de san Hipólito, para los convalecientes y “Los que pierden el juicio”.
  • Los Montepíos.

    Los Montepíos.
    Se fundó el Monte de Piedad en México.
    Los Montepíos realizaron una labor similar a la que muchos años después, se conoció con el nombre de Pensiones Civiles.
  • Suspensión estado-iglesia

    Suspensión estado-iglesia
    Las Cortes Españolas, decretaron la supresión de las órdenes hospitalarias y entonces los establecimientos manejados por ellos, que eran la mayoría, pasaron a depender de los ayuntamientos.
  • Cofradías religiosas

    Cofradías religiosas
    Las Cofradías religiosas benéficas o de ayuda mutua, eran aquellas en las cuales, los cofrades debían contribuir concierta cantidad de dinero al momento de ingreso y además pagar una cuota mensual.
    Se comprometía a visitar a sus miembros, cuando estaban enfermos, ayudándolos con los gastos de las medicinas y a pagar los gastos de entierro y mortaja.
  • Ley sobre montepíos.

    Ley sobre montepíos.
    Este sistema de montepíos, traspasa sus propias fronteras históricas y continúa operando en el México independiente, ya que el 3 de septiembre de 1832, se expidió la Ley sobre montepíos, en la que se ampliaron los servicios para los empleados federales
  • Consejo de Salubridad

    Consejo de Salubridad
    Se inicia un repunte con la creación del Consejo de Salubridad.
  • Hermanas de la Caridad precursoras de la enfermería.

    Hermanas de la Caridad precursoras de la enfermería.
    Se expidió un decreto que permitió la entrada al país, de las famosas Hermanas de la Caridad, enfermeras de profesión que trataron de renovar los servicios hospitalarios.
  • Creación de la Dirección General de Beneficencia

     Creación de la Dirección General de Beneficencia
    El Presidente Benito Juárez decretó la creación de la Dirección General de Beneficencia, para centralizar los servicios hospitalarios y para organizar, coordinar y sostenerlos medios de beneficencia pública, a fin de convertirlo en un servicio público dependiente del Estado.
  • Creación de la Dirección de Beneficencia Pública.

    Creación de la Dirección de Beneficencia Pública.
    En el Porfiriato se crea la Dirección de Beneficencia Pública. Ubicándose para 1881 dentro de la Secretaría de Gobernación.
    En esta época, se fomentó la creación de fundaciones públicas de carácter privado, como la Fundación Concepción Béistegui, que empezó a crear nuevos hospitales.
  • Period: to

    Aseguramiento de los trabajadores

    La Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México, expedida el 30 de abril de 1904, y la Ley sobre Accidentes de Trabajo del Estado de Nuevo León, expedida el 9 de abril de 1906. En estos dos ordenamientos legales se reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores.
  • Ley de accidentes

    Ley de accidentes
    Se formuló un proyecto de Ley de accidentes que establecía las pensiones e indemnizaciones a cargo del patrón, en el caso de incapacidad o muerte del trabajador por causa de un riesgo profesional.
  • Iniciativa de ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

    Iniciativa de ley sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
    En ella se proponía la creación de un Instituto Nacional de Seguros Sociales, de administración tripartita pero cuya integración económica habría de corresponder exclusivamente al sector patronal. También se definía con precisión la responsabilidad de los empresarios en los accidentes de trabajo y se determinaba el monto y la forma de pago de las indemnizaciones correspondientes.
  • Modificación al artículo 123 constitucional.

    Modificación al artículo 123 constitucional.
    El Congreso de la Unión modificó la fracción (Vigésimo Novena) XXIX del artículo 123 Constitucional para establecer que “Se considera de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de invalidez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes y otros con fines análogos”
  • Ley del Seguro Social (fallida)

    Ley del Seguro Social (fallida)
    El Presidente Lázaro Cárdenas envió a los legisladores un proyecto de Ley del Seguro Social, en el cual se encomendaba la prestación del servicio a un Instituto de Seguros Sociales, con aportaciones y administraciones tripartitas, que incorporarían a todos los asalariados, tanto industriales como agrícolas. Sin embargo, se consideró que el proyecto requería aún estudios ulteriores.
  • IMSS (creación a cargo de Manuel Ávila Camacho).

     IMSS (creación a cargo de Manuel Ávila Camacho).
    Se envió a las Cámaras la iniciativa de ley, proponiendo como suprema justificación, que se cumpliría así uno de los más caros ideales de la Revolución Mexicana. Se trataba de “Proteger a los trabajado-res y asegurar su existencia, su salario, su capacidad productiva y la tranquilidad de la familia; contribuir al cumplimiento de un deber legal, de compromisos exteriores y de promesas gubernamentales”.
  • Ley Federal del ISSSTE (creación a cargo de Adolfo López Mateos).

    Ley Federal del  ISSSTE (creación a cargo de Adolfo López Mateos).
    Creado como un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que de conformidad con el artículo 103 de su Ley, los órganos de Gobierno son los siguientes:1. Junta Directiva; 2.Dirección General; 3.Comisión Ejecutiva del Fondo de la Vivienda.
  • Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla

    Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al  Servicio  de  los  Poderes  del  Estado de  Puebla
    Decreta al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado de Puebla, como un organismo público descentraliza-do, con personalidad jurídica y patrimonio propio. La acción de esta Ley comprende a todos los trabajadores al servicio delos poderes del Estado.
  • *REFERENCIA

    Díaz L. (2016). LA SEGURIDAD SOCIAL EN MEXICOUN ENFOQUE HISTORICO. Enero 13, 2022, de UNAM Sitio web: https://revistas-colaboracion.juridicas.unam.mx/index.php/juridica-libre-puebla/article/download/569/519 YESSICA || DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL