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Jean Itard crea la primera escuela dedicada a la educación de personas retardadas
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Jean Itard es nombrado profesor de la escuela para niños anormales de Bostón
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Se funda la escuela nacional para sordos.
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Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). La Declaración establece que todas las personas son libres e iguales en cuanto a derechos y dignidad.
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Su propósito fue promover el conocimiento de los derechos humanos por todos los ciudadanos del mundo y su inclusión en los estatutos de los distintos regímenes de derecho y aunque no hace referencia específica a la discapacidad, asume que las personas con discapacidad tienen derechos como lo expresa el artículo siguiente:
Artículo 7. Todos somos iguales ante la ley, sin distinción y en contra de toda discriminación.
https://www.youtube.com/watch?v=P-__zBfLIUQ -
Frampton y Grand realizan La educación de los impedidos. En la “Educación de lo impedidos” plantean desde el punto de vista médico a partir de 1950, se generaliza el término que impedido que implica el efecto de una situación mental o física, más bien que el de una enfermedad, deformidad u otra marcada desviación”
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Los Centros de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar (CAPEP) comenzaron a operar.
https://www.youtube.com/watch?v=VJXt1z9JNuU -
Se celebra en Jerusalem la asamblea internacional protectora de deficientes mentales.
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La unesco define el dominio de la educación especial y se hace un llamado a los gobiernos sobre la igualdad de oportunidades para acceder a la educación y para la integración de todos los ciudadanos en la vida económica y social.
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El 20 de diciembre se proclaman los derechos del deficiente mental.
Fines del siglo de 1970 Por decreto presidencial, se creó la Dirección General de Educación Especial. -
Establece que las personas con discapacidad intelectual tienen los mismos derechos que otros seres humanos y que dichos derechos no pueden ser restringidos indebidamente. Y asi mismo podemos encontrar muchos mas.
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Se hace la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Impedidos.
Se establece la declaración de Salamanca, en donde establece que todas las escuelas deben de acoger a todos los niños, independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales. -
Los servicios de educación especial se clasificaron en dos modalidades: Indispensables o Centros de Intervención Temprana.
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A fines de los años ochenta y principios de los noventa surgieron los Centros de Orientación para la Integración Educativa (COIE).
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La escuela ordinaria ante el niño con necesidades especiales. Miguel Toledo González revisa la historia de la atención a la persona “diferente” para llegar a lo que llama “la era de la normalización”. Expone la ideología de la normalización y algunas líneas generales para la ejecución de un plan de normalización-integración escolar.
https://www.youtube.com/watch?v=AWlZAP2mdBE -
Este es un tratado de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), una agencia especializada de la ONU. Compromete a los Estados Partes a formular, implementar y revisar periódicamente la política nacional sobre la rehabilitación vocacional y el empleo de las personas con discapacidad (artículo 2).
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Se realiza la convención de los derechos de la infancia, en la cual se señala la obligación y el compromiso de los estados, para que haya una mejor calidad de vida en los niños y niñas con discapacidad.
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Se planteó el objetivo de asumir a los niños como una población en condiciones especiales de vulnerabilidad, por lo que requerirían de un tratamiento específico y en algunos artículos se hizo referencia especial a los menores con discapacidad, entre los cuales destaca:
El Artículo 23. Los Estados reconocen que el niño mental o físicamente impedido. -
Se realiza la Conferencia Internacional de Jomtiem (Tailandia) sobre Educación para todos (EPT).
México ha suscrito diversos convenios internacionales para promover la atención educativa de las personas que presentan necesidades educativas especiales. -
En esta reunión efectuada en Jomtien Tailandia, se reafirmó “que todos los niños, jóvenes y adultos, en su condición de seres humanos tienen derecho a beneficiarse de una educación que satisfaga sus necesidades básicas de aprendizaje. Una educación orientada a explotar los talentos y capacidades de cada persona y desarrollar la personalidad del educando, con objeto de que mejore su vida y transforme la sociedad”.
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Según Marchesi y Martin (1990) la integración realizada en las debidas condiciones y con los recursos necesarios, es beneficiosa no sólo para los alumnos con discapacidad, quienes tienen un mayor desarrollo y una socialización más completa, sino también para el resto de los alumnos, ya que aprenden con una metodología más individualizada, disponen de más re-cursos y desarrollan valores y actitudes de solidaridad, respeto y colaboración.
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La ley general de la educación, en el artículo 41 señala que la educación especial proporcionara la integración de los alumnos con discapacidad a los planteles de educación regular mediante la aplicación de métodos, técnicas y material específico.
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“La finalidad de estas Normas fue garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de ciudadanos de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás. ONU
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En 1995 En un estudio de la OCDE sobre la integración de niños con necesidades educativas especiales (1995), se señala que diferentes investigaciones han mostrado que los niños con discapacidad pueden obtener mejores resultados en las escuelas integradas, aunque a veces muestran problemas en la autoes-tima, y que la enseñanza segregada no ofrece las ventajas que cabría esperar.
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El reto escolar no se reduce a adaptar la escuela para dar cabida a un determinado grupo de alumnos, sino que demanda un proceso de reestructuración global de la escuela para responder desde la unidad (lejos de posturas fragmentarias) a la diversidad de necesidades de todos y cada uno de los alumnos.
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Se reorientan los servicios de educación especial CAPEC Y CREE. Se incorpora la asignatura de necesidades educativas especiales en los planes de estudio de la licenciatura en educación primaria.
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Inclusión internacional, el paradigma de vida independiente considera a la persona con discapacidad como un ciudadano que debe recibir servicios en los ambientes naturales en los que se desarrollan sus pares.
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Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad (OEA, 1999).
Establece la Equiparación de Oportunidad para las Personas con Discapacidad, Artículo 19. -
rtículo 19: "La persona con discapacidad se incluirá en el Sistema Educativo Regular, el cual debe proveerle de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas, que le permitirán el acceso al currículo regular y la equipa ración de oportunidades. La educación especial será garantizada e impartida a aquellas personas que, en razón de su discapacidad, lo requieran dentro del sistema educativo regular.
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Se reafirma el compromiso de que todos los gobiernos nacionales tienen la obligación de velar porque se alcancen y apoyen los objetivos y finalidades de la Educación para Todos antes del 2015, entre los que destacan:
https://www.youtube.com/watch?v=AhD5rNZ_Gzg -
Jacques Delors en el Informe de la UNESCO de la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI: “Frente a los numerosos desafíos del porvenir, la educación constituye un instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, libertad y justicia social”
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El proceso desarrollado va del año 2001 al 2004, se ubica la participación de los Directores de Educación Especial y de sus equipos técnicos con acciones enfocadas a la promoción de la integración educativa a los servicios de la educación regular.
En esta etapa se desarrollaron acciones de capacitación y asesoría dirigidas a Responsables y equipos de apoyo técnico de educación especial y de otros niveles e instancias de educación básica en los países centroamericanos participantes. -
Programa Nacional de Fortalecimiento de la Educación Especial y de la Integración.
Este Programa se elaboró conjuntamente entre la Secretaría de Educación Pública y la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad de la Presidencia de la República, con la participación de las entidades federativas y representantes de distintas organizaciones de la sociedad civil. -
Programa Nacional para la Transformación y Fortalecimiento Académicos. En el marco del Programa Nacional para la Transformación y Fortalecimiento Académicos de las Escuelas Normales, iniciado hace algunos años, se realizó una Reforma a los Planes y Programas de Estudio de la Educación Especial.
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Inicia la segunda etapa del trabajo de la Red que se caracteriza por la construcción conjunta de productos con carácter regional, característica que han mantenido los productos generados por la REMEI. Se plantean las siguientes líneas estratégicas:
La toma de conciencia para la Educación Inclusiva.
• Desarrollo de un currículo inclusivo.
• Desarrollo de leyes, políticas, normativas y procedimientos.
• Desarrollo Profesional.
• Financiamiento.
• Participación de la familia y la comunidad. -
Esta Convención y su Protocolo Opcionalfueron adoptados el 13 de diciembre de 2006 en las oficinas centrales de la ONU en Nueva York y fueron presentados para ser firmados el 30 de marzo de 2007. La Convención contó con 82 signatarios, el Protocolo Opcional con 44 y hubo 1 ratificación de la Convención. Este es el primer tratado exhaustivo de derechos humanos del siglo XXI.
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La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), aprobada por las Naciones Unidas en 2006, pretende “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente”.
https://www.youtube.com/watch?v=OaCibyLqQiM -
La Asamblea General de la OEA también ha declarado el Decenio de las Américas por los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad (2006-2016), con el objetivo de “lograr el reconocimiento y el ejercicio pleno de los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad y su derecho a participar en la vida económica, social, cultural y política y en el desarrollo de sus sociedades, sin discriminación y en pie de igualdad con los demás”.
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Globalización, reformas educativas y las políticas de equidad e inclusión en México: el caso de la educación básica.
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Entro en vigor la convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad.
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Se reformo en el articulo 1° que el estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.