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Se fundó la Secretaría de Hacienda. -
Ya existía la Junta de Crédito Público. -
Se expide el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal. Por lo cual se creó, la Secretaría de Estado y el Despacho de Hacienda. -
El Secretario de Hacienda Pública Antonio Medina. Presentó una iniciativa ante la Junta Nacional Instituyente, para emitir cuatro millones de pesos en cédulas del gobierno, los cuales serían utilizados como papel moneda con el propósito de disminuir el déficit fiscal. La Junta aprobó la propuesta y se le dio el carácter de "moneda emergente". -
Francisco de Arrillaga, encargado de las finanzas públicas por el Supremo Poder Ejecutivo, aplicó una contribución directa a todo individuo sin distinción de sexo que contara con renta, sueldo, salario, giro o industria personal. La base gravable se determinaría sobre la utilidad anual o percepción correspondiente a tres días por año. -
La distribución de rentas públicas y la determinación de la competencia jurídica en materia fiscal, acordada en el Congreso Constituyente de 1824 agravó la situación entre los poderes Legislativo y Ejecutivo. -
El Congreso Constituyente expidió la Ley para el Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública. Con ello la Secretaría Hacienda en materia Fiscal, centralizó la facultad de administrar todas las rentas pertenecientes a la Federación, inspeccionar las Casas de Moneda y dirigir la Administración General de Correos, la Colecturía de la Renta de Lotería y la Oficina Provisional de Rezagos. -
Ley Contribución del 1% sobre el valor de las fincas urbanas en clase de subsidio extraordinario de guerra. -
Ley. Establecimiento de una contribución sobre el valor de las fincas urbanas y reglamento para su recaudación. -
Contribución directa que estableció el Secretario Rafael Mangino. -
Se fundó en el año de 1837, como fondo inicial recibió la renta del tabaco; la administración quedó a cargo de empresarios y su vicepresidente fue Lucas Alemán. -
Ley. Prórroga para el año de 1838 de las contribuciones que existían, excepto las de patente y dos y tres al millar. -
Ley. Se establece una contribución personal. -
Ley. Contribuciones sobre fincas rústicas y urbanas. -
El Secretario de Hacienda Ignacio Trigueros, creó dicho Decreto. -
El presidente Santa Anna declaró el cierre del Banco Nacional de Amortización de la moneda del cobre. -
Comunicado. Se aprueban prevenciones para hacer efectivo el pago de capitación. -
Con la adopción del Régimen Centralista en Mèxico, la Secretaría se volvió Ministerio de Hacienda. -
Se establece el Decreto. Excepciones del pago de derecho de capitación y providencias para el arreglo de contribuciones. -
El Secretario de Hacienda Ignacio Trigueros. Realizó el Decreto. Reglas para el cobro del derecho de capitación. -
Decreto. Se dispone que las contribuciones que deben pagar los empleados se encarguen a sus respectivos sueldos atrasados. -
Se realizó la creación de la Sección de Crédito Público. -
Por primera vez se le denominó Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (SHCP) -
El Secretario de Hacienda propuso en su reforma fiscal, la transformación de los derechos aduanales y el uso del papel sellado por el derecho al uso del timbre, aunque se trataba de un impuesto indirecto, su incorporación permitía incrementar los ingresos del erario público sin necesidad de erogar en gastos para su administración. -
Finalizó cuando se decretó el fin de las alcabalas. -
La Comisión tiene el encargo de supervisar que el funcionamiento del sistema se apegue a normas legales y a sanas prácticas financieras, así como asegurar su solidez para garantía de los intereses del público y para el mejor desarrollo de la economía nacional. -
Como Banco Central, con el propósito de terminar con la anarquía en la emisión de billetes que privó durante el periodo revolucionario. -
Se creó la Comisión de Administración Pública, en la Secretaría de la Presidencia y se designó como Presidente al Lic. José Lòpez Portillo. -
Se creó la primera Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.