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Se introduce el concepto de factura electrónica como documento equivalente a la factura tradicional.
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La factura electrónica como documento equivalente a la factura de venta.
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Reglamenta la utilización de la factura electrónica, los documentos equivalentes a la fatura de venta y establece la tecnología EDI como mecanismo de validez basado en un Buzón electrónico fiscal en redes de valor agregado (VAN).
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Por el que nace el concepto de factura por computador.
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Define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales, y se establecen las entidades de certificación y se dictan otras disposiciones. Permite la conservación de mensajes de datos y archivo de documentos a través de terceros.
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Dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos. Establece el principio de neutralidad tecnológica para las facturas electrónicas (no sólo EDI) y el consentimiento expreso del receptor.
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Modifica parcialmente el Decreto 1929 de 2007 y prorroga un año la adaptación de los usuarios del esquema de factura electrónica anterior.
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Establece las características y contenido técnico de la factura electrónica y de las notas crédito y otros aspectos relacionados con esta modalidad de facturación, y se adecua el sistema técnico de control.
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modifica el artículo 616-1 del Estatuto Tributario estableciendo las bases de lo que actualmente opera como modelo de facturación electrónica. Reglamenta los requisitos de la factura electrónica cuando es expedida, entregada, aceptada y conservada por y en medios y formatos electrónicos. Incluye las notas crédito y los principios de autenticidad e integridad a través de la certificación ISO 9001:2000.
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Unifica la factura como título valor como mecanismo de financiación para el micro, pequeño y mediano empresario, y se dictan otras disposiciones.
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Define los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones.
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modifica el DECRETO 1929 DE 2007 flexibilizando el requisito de la norma ISO 9001:2000 para Microempresas y pequeñas permitiendo tener la norma NTC 6001:2008.
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Decreta que el Gobierno Nacional podrá instaurar tecnologías para el control fiscal con el fin de combatir el fraude, la evasión y el contrabando, dentro de las que se encuentra la tarjeta fiscal, para lo cual podrá determinar sus controles, condiciones y características. Su no adopción dará lugar a la aplicación de la sanción.
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Reglamenta las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de impulsar su masificación y el control fiscal.
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Prescribe un sistema técnico de control para la factura electrónica acorde con el Decreto 2242 de 2015, señala los procedimientos que deben agotar y los requisitos que deben cumplir los sujetos del ámbito de este decreto y dispone otros aspectos en relación con la factura electrónica.
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Adopta sistemas técnicos de control de facturación relacionados con la numeración de las facturas, se modifica el numeral 1 del artículo 11 de la Resolución 000019 de 2016 y se establecen otras dispocisiiones.
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Establece la circulación de la factura electrónica como título valor y permite a la DIAN poder establecer la obligación de facturar electrónicamente y seleccionar a los contribuyentes obligados a facturar bajo el nuevo modelo de facturación.
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En el párrafo transitorio segundo del artículo 308 modifica el artículo 616-1 del Estatuto Tributario, estableciendo que a fecha de 1 de enero de 2019 todos los contribuyentes obligados a declarar y pagar el IVA y el impuesto al consumo deberán expedir factura electrónica.
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Por el cual se seleccionan unos contribuyentes para facturar electrónicamente.
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Por el cual se selecciona a los Grandes Contribuyentes para facturar electrónicamente.