Evolución política en el marco de la educación inclusiva en el contexto internacional y nacional.
By jeiscesnat4
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Convención sobre los derechos de los niños y las niñas
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Conferencia Mundial sobre Educación para Todos
«toda persona tiene derecho a la educación». -
Articulo 67. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.
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“Crecer. Juntos en la Vida Comunitaria”
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del 14 al 25 de junio de 1993 el resultado principal de la conferencia fue la Declaración y Programa de Acción de Viena, un plan común para el refuerzo de la protección de los derechos humanos en todo el mundo
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acceso y calidad. Informe final. Salamanca, España, 7-10 de junio de 1994.
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garantizar que niñas y niños, mujeres y hombres con discapacidad, en su calidad de miembros de sus respectivas sociedades, puedan tener los mismos derechos y obligaciones que los demás
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Educación de UNESCO para América Latina y el Caribe Inclusión de estudiantes con necesidades educativas .entre el 13 y el 17 de mayo de 1996,
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En el Foro Mundial sobre la Educación (Dakar, 2000), 164 gobiernos se comprometieron a garantizar que en el lapso de una generación se atiendan las necesidades básicas de aprendizaje de todos los niños, jóvenes y adultos.
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Reunidos en Santo Domingo del 10 al 12 de febrero del 2000
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Compromiso con los objetivos del Proyecto Principal de Educación de alcanzar una escolaridad básica para todos, de alfabetizar a la población de jóvenes y adultos, y completar las reformas necesarias para mejorar la calidad y la eficiencia en la educación.
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Reglamentada por la Resolución del Min. Salud 3317 de 2012 por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones.
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Celebra la diversidad y la dignidad humana. Transmite primordialmente que las personas con discapacidad están facultadas para ejercer toda la gama de derechos humanos y libertades fundamentales sin discriminación, lo que se pone de manifiesto en el preámbulo y los artículos. Los Estados Partes prohibirán toda discriminación por motivos de discapacidad y garantizarán a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo.
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tiene por objetivo garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, de acciones afirmativas, de ajustes razonables y de la eliminación de toda forma de discriminación por razón de discapacidad
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Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad