Evolución Normativa del Derecho a la Protección de Datos Personales en México en el Tiempo
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El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, a través de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos de 1948. Cabe mencionar que el antecedente se encuentra en el reconocimiento del derecho a la vida privada de las personas.
El siguiente trabajo nos hablara en sus Capitulos I, III y IV más ha fondo del tema: www.ejournal.unam.mx/bmd/bolmex120/BMD000012003.pdf -
Particularmente fue la Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental de 2002, la que incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=727870&fecha=11/06/2002 -
En la actualidad conocido como Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales INAI. Decreto del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública como Institución:
http://inicio.ifai.org.mx/Decreto/Decreto_Creacion_IFAI.pdf ¿Qué es el IFAI?:
http://www.mexicoabierto.org/Herramientas/Biblioteca/Articulos/a65.html -
La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental fue el primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales. A continuación un enlace expedido sobre el INAI (actual IFAI) https://www.youtube.com/watch?v=oVFZYEyTyNc con el tema titulado "¿Qué es el INAI?".
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Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva.
He aquí un enlace que tocara de mejor manera el tema:http://inicio.inai.org.mx/MarcoNormativoDocumentos/lineamientos_protdaper.pdf -
Por otro lado, desde el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la
protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales. pnd.calderon.presidencia.gob.mx/http://www.tallapolitica.com.mx/plan-nacional-de-desarrollo-mexico-a-su-maximo-potencial/ -
El 27 de marzo de 2007 se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual
tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Dicha reforma que constituyo de la adición de un parrafo con 7 fracciones, la cual marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_174_20jul07_ima.pdf
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Aprobación por unanimidad del dictamen
La propuesta de reformar el Art. 73 de la Constitución Política fue aprovado -
En la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibió la minuta en cuestión, la cual fue turnada a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.
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En la cual se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implicó modificar el contenido del texto.
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El 25 de noviembre de 2008, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía
fundamental y autónoma. -
El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
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El dictamen correspondiente se agendó para primera lectura el 11 de diciembre de 2008 y le fueron dispensados los trámites correspondientes.
Finalmente, se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna, turnándose a las legislaturas de los estados. -
El 19 de marzo de 2009, el Senado realizó el conteo de los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto
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Después de un sin fin de reuniones para acordar si era propio el modificar el articulo 73, se llego por fin a un acuerdo y aquí se muestra.
-Reforma al Artículo 73: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_185_30abr09.pdf -
Hasta el año 2009 fue cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la Nueva Reforma Constitucional propuesta por el Congreso Federal.
-Reforma al Artículo 16: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_187_01jun09.pdf -
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, es un cuerpo normativo de México que tiene como objetivo regular el derecho a la autodeterminación informativa. Sus disposiciones son aplicables a todas las personas físicas o morales, del sector público y privado, tanto a nivel federal como estatal, que lleven a cabo el tratamiento de datos personales en el ejercicio de sus actividades.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFPDPPP.pdf -
La autoridad competente para garantizar este derecho es el
INAI. Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN
POSESIÓN DE LOS PARTICULARES:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFPDPPP.pdf -
La Nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública entró en vigor promulgada por el presidente Peña Nieto.
IFAI cambia su nombre por el de Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
http://inicio.ifai.org.mx/Comunicados/Comunicado%20INAI-001-15.pdf