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En la declaración se reconocía el derecho a la vida privada de las personas. En el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece que: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques
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Después sería el Derecho a la Protección de Datos Personales
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Generar consciencia entre los servidores públicos responsables del tratamiento de los datos personales sobre la importancia de proteger los mismos y de difundir los derechos y mejores prácticas en esta materia.
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Con la finalidad de resguardar el acceso a la informacion
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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación. En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.).
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Vease la ley en el siguiente link: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=2093669&fecha=30/09/2005
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La reforma al artículo 16 constitucional no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que la ley fije.
Vease el articulo en el siguiente link: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm -
La reforma al artículo 16 constitucional no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que la ley fije.
Vease el articulo en el siguiente link: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm -
Donde la nueva legislación establece principios, bases y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información de cualquier autoridad, entidad de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos.
Vease la Ley en: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5391143&fecha=04/05/2015 -
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tras la publicación de la Ley General de Transparencia.