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El derecho de la protección de datos personal, fue reconocido como derecho humano después de la Segunda Guerra Mundial en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
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Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
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Fue el primer instrumento a nivel normativo en materia de protección de datos personales donde se contempló un capitulo de lo antes mencionado, estableciendo principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de entes públicos.
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Publicados por el entonces IFAI, tenían como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades dela Administración Pública Federal para garantizar al títulos de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, con el fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva.
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Se necesitaba contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares.
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Tenía como objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se aprobó por unanimidad
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Se discutió y aprobó el pre dictamen con una pequeña modificación en la numeración de la fracción añadida, la cual no implico modificar el contenido del texto.
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El dictamen fue aprobado por el Pleno de la cámara de Senadores, turnándose la minuta a las legislaturas de los estados, fin de que lo votaron.
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A los artículos 16 y 73 de la Constitución, donde se otorga el reconocimiento a la protección de datos personales como un derechos autónomo y fundamental.
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El Senado contó los votos de las legislaturas de los estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto.
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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación
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Es la primera ley que aplica para los datos estén en poder de privados.
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LFPDPPP por sus siglas, bajo supervisión de INAI, fue publicada por el Diario Oficial de la Federación. Su objetivo es proteger los datos personales en posesión de particulares, con la finalidad e regular su tratamiento legitimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y derecho a la autodeterminación informativa de las personas. Aplica a todas las personas físicas o morales.