Evolución normativa del Derecho a la Protección de Datos Personales en México

  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
    Primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales. En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales, en el cual se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (consentimiento, información, seguridad, calidad, etc.), así como disposiciones que originaron los derechos de acceso y rectificación.
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales

    Lineamientos de Protección de Datos Personales
    Publicados por el entonces IFAI el 30 de septiembre de 2005. Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva;
  • Proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    El cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares
  • Plan nacional de desarrollo

    Plan nacional de desarrollo
    Se prevé la necesidad de contar con una Ley Federal que garantice la protección de datos personales en posesión de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
  • Reforma al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Reforma al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    Se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
  • Reforma al artículo 16 constitucional.

    Reforma al artículo 16 constitucional.
    Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma. no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.
  • Dictamen aprobado

    Dictamen aprobado
    El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes. La Cámara de Diputados recibió la minuta que turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.
  • Reformas Constitucionales.

    Reformas Constitucionales.
    Artículos 16 y 73 constitucional, con las que se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
  • Reforma constitucional

    Reforma constitucional
    Es hasta 2009 cuando la mayoría de las legislaturas locales aprobaron la reforma constitucional propuesta por el Congreso Federal, la cual fue publicada en el Diario Oficial de la Federación.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

    Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
    Promulgada para que los datos personales también sean protegidos por el sector privado.
  • Finaliza el Plan de Desarrollo.

    Finaliza el Plan de Desarrollo.
  • Period: to

    ANTECEDENTES DEL DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

    LINEA DEL TIEMPO