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Derecho de la protección de Datos Personales
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Previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público
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Se establece un capítulo con los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en
posesión de los entes públicos -
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Se prevé la necesidad de contar con una Ley Federal para garantizar la protección de datos
personales en poder de los particulares. -
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Adición de un párrafo al artículo 16 constitucional para reconocer el Derecho a la Protección de
datos personales como una garantía fundamental autónoma -
Reforma del artículo 16
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Aplica para los datos en poderío privado
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Su objetivo es
proteger los datos personales en posesión de los
particulares, con la finalidad de regular su
tratamiento legítimo, controlado e informado, a
efecto de garantizar la privacidad y derecho a la
autodeterminación informativa de las personas.
Es aplicable para todas las personas físicas o
morales de carácter privado que para sus
actividades cotidianas recaben, manejen y
utilicen información personal en territorio
nacional