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Evolución normativa de protección de datos personales en México

  • El derecho de la protección de datos personales.

    El derecho de la protección de datos personales.
    Es un derecho humano reconocido a nivel
    internacional después de la segunda guerra
    mundial, a través de la Declaración Universal de
    los Derechos Humanos de 1948.
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental.

     Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental.
    Particularmente fue la Ley Federal de Acceso a
    la Información Pública Gubernamental de 2002,
    la que incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público.
  • Lineamientos de Protección de Datos Personales.

    Lineamientos de Protección de Datos Personales.
    También es aplicable a los datos del sector público, los Lineamientos de Protección de Datos Personales, publicados por el entonces IFAI el 30 de septiembre de 2005.
    Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información.
  • Plan Nacional de Desarrollo.

    Plan Nacional de Desarrollo.
    Desde el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se prevé la necesidad de contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de los particulares, tomando como base lo dispuesto en los principios y tratados internacionales.
  • Proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    El 27 de marzo de 2007 se presentó ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto para reformar el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
  • Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    La aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.
  • Artículo 16 constitucional.

    Artículo 16 constitucional.
    El 25 de noviembre de 2008, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales.

    Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales.
    Reformas a los artículos 16 y 73 constitucionales
    en 2009, con las que se otorgó el reconocimiento
    pleno a la protección de datos personales como
    un derecho fundamental y autónomo.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

    Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.
    Fue en 2010 cuando se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que como su nombre lo dice aplica para los datos que estén en poder
    de privados.
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.

    Ley Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
    El 29 de abril de 2010 la Cámara de Senadores turnó el dictamen aprobado a la Cámara de Diputados radicando su estudio y valoración en las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Pública y Justicia.