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Justiniano en las novelas XLV, XLVIII y LXXVI regula la actividad del notario, entonces tabellio, al protocolo y otorga el carácter de fidedigno con pleno valor probatorio al documento redactado por él.
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Ronaldino, Salatiel y Raniero imparten por primera vez la catedra sobre el arte notarial y hacen hincapié en la importancia de la sistematización de los conocimientos notariales. -
Existía la figura del tracuilo quien era un artesano azteca encargado de redactar y relacionar los hechos, así como asesorar a las partes -
Estuvieron vigentes las leyes españolas que regían en Castilla, en estas a los notarios se les denominaba escribanos públicos. -
Primera organización notarial en México -
Establece que el escribano debe tener estudios y practicas suficientes, información de buena vida y costumbres, haber cursado en la academia, que haya vacante y no haber estado procesado nunca. -
Se establecía como forma de ingreso a la escribanía, presentar un examen en el colegio de escribanos y presentar uno teórico- practico ante el tribunal superior -
Explicaba que el oficio de escribano se podía adquirir por compra o herencia y además era vendible y enajenable. -
Los escribanos continuaron integrados al poder judicial y su oficio podía venderse, además establecía los requisitos para ser escribano. -
Primera ley orgánica de notarios, además por primera vez en la legislación mexicana, este ordenamiento asume el nombre de notario y distingue su actividad con la de los secretarios y actuarios del juzgado a los que denomina escribanos. -
Terminó con la venta de notarias; separó la actuación del notario y la del secretario de juzgado y sustituyó el signo por el sello de autorizar -
Se crea el archivo general de notarías; se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo y se le da al notario la categoría de funcionario publico quien debe ser abogado. -
Excluyó los testigos de la actuación notarial, estableció el examen de aspirante a notario y dio al consejo de notarios el carácter de órgano consultivo del departamento del distrito federal. -
Se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado -
Regula al notario como licenciado en derecho y no como funcionario publico, establece un protocolo especial para actos y contratos en el que intervenga el departamento del distrito federal. -
Amplió la actividad del notario en la tramitación de los sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria -
Impulsó la actividad notarial de una forma más moderna y eficiente, e incorpora el uso de elementos electrónicos a la actividad notarial.