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La escritura era ideográfica ya que no se contaba con alfabeto fonético. No existían normas de carácter civil, la tradición escrita estaba bien definida y no había registros de las propiedades de las parcelas ni chinampas.
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Los orígenes son germánico-romanos, pues la reglamentación Justinianea reglamenta la actividad notarial del Tabellio
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León VI en la Constitución CXV reglamenta la actividad del notario y las cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario
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Durante la conquista Cortes solicito escribanos a la corona, los escribanos dejaron constancia escrita de las ciudades y acontecimientos de relevancia.
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En la Colonia existían escribanos públicos, escribanos de diligencias y escribanos de oficio de hipotecas, quienes realizaban las tareas para lo que hoy denominamos notarios
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Se construyó el Real Colegio de Escribanos de México y la Academia de Pasantes y Aspirantes de Escribanos, logrando una gran evolución notarial
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Las cortes españolas expidieron un decreto sobre arreglo de tribunales y sus atribuciones concediendo todo lo relativo a la materia de escribanos.
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Una vez derrocado el imperio y organizada la nación en República, continuó la costumbre colonial de la escribanía y se dictaron nuevas disposiciones aplicables a los escribanos
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Se establece una Ley Fundamental centralista, por lo que la legislación sobre escribanos se volvió de aplicación nacional.
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Se impone a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos una vez muerto el testador
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La Constitución de 1857 establecía un sistema de organización federal, por lo que cada estado tenía su propia legislación notarial
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España emite una Ley que es de gran importancia para America Latina, puesto que varios países la toman como ejemplo para sus legislaciones
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El 30 de diciembre de 1865,Maximiliano expide la Ley Orgánica de Notariado y del Oficio de escribano
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El 19 de diciembre de 1901, Porfirio Diaz promulga la Ley del Notariado la cual dispone que las funciones notariales son de orden público, esta ley era aplicable para el distrito y territorio federal y crea el Archivo General de Notarias
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Entra en vigor una nueva Ley del Notariado para el DF (se establece como medio de acceso al notariado)
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Se modifica Ley del Notariado para el DF, en cuanto a la definición de notariado sustituyendo de funcionario publico a licenciado en derecho
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Publicada en la Gaceta oficial el 28 de marzo de 2000 y entrando en vigor 60 días naturales a partir de su publicación.
Amplió la actividad del notario en la tramitación de sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.