Evolución del Dictamen Fiscal

  • Surgimiento del Dictamen Fiscal

    Surgió el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, mediante decreto del diario oficial de esa fecha, en la cual también se integró la Dirección General de Auditoria Fiscal Federal
  • Entrada en vigor del Nuevo Código Fiscal

    Entro en vigor un nuevo código fiscal de la federación que contenía su artículo 85 los requisitos fundamentales del dictamen fiscal, así como las sanciones para el contador público que no cumpla con los mismos; derogándose en esta misma fecha el decreto del 21 de abril de 1959.
  • Publicacion del Reglamento del Articulo 85 del CFF

    Se publicó el reglamento del artículo 85 del CFF, que regulo diversos aspectos inherentes al contenido y funcionamiento del dictamen fiscal.
  • Se reforma el Art. 52 del CFF

    Se reformo el CFF, en cuyo art. 52 se establece la trascendencia legal del dictamen fiscal, así como los requisitos generales para su validez y las sanciones para el contador público que no cumpla con las disposiciones relativas.
  • Se publica el Capitulo III en el Reglamento del CFF

    Se emitió el reglamento del CFF estableciéndose en el capítulo III todo lo relacionado con los dictámenes de los contadores públicos. (Aun en vigor)
  • Entrada en vigor del Art. 32-A

    Entraron en vigor las disposiciones del art. 32-A del código fiscal de la federación que establecen la obligatoriedad de dictaminar fiscalmente sus estados financieros, a los contribuyentes que se encuentren en alguno de los supuestos.
  • Presentación del Dictamen en dispositivos magneticos

    SHCP emitió un decreto que autorizaba la presentación del dictamen fiscal en dispositivo magnético, para los efectos establecidos en el artículo 52 del CFF.
  • Presentación del Dictamen disquete

    La presentación del dictamen se hizo en forma manual, mediante la entrega de un disquete y un cuadernillo impreso, con la opinión fiscal del contribuyente firmada por el Contador Público Registrado (CPR).
  • Reforma del Art 55 del RCFF

    Se reforma el artículo 55 del RCFF, para establecer que en la revisión del dictamen fiscal las autoridades fiscales podrán requerir indistintamente al contador público, al contribuyente o a terceros la información y documentación necesaria para verificar el dictamen fiscal; y eliminar, así el denominado "Procedimiento de revisión secuencial"
  • Presentación del dictamen en Disco magnético flexible

    Se publicaron las reglas generales de integración y presentación en " Disco magnético flexible" de la información de los dictámenes fiscales.
  • Modificacion del Art. 52 del CFF

    Se publica en el DOF, la modificación a la fracción I del Art. 52 del CFF, para establecer en su inciso B que también pueden dictaminar las personas de nacionalidad extranjera
  • Fin de la era de hojas de calculo

    Hasta esta fecha el dictamen se presento apoyándose en hojas electrónicas de cálculo, ocasionando que la integración de información presentara algunas deficiencias al convertir la información del formato de hoja de cálculo a un formato de base de datos para su explotación interna en la SHCP.
  • Propuesta para usar SIPRED

    Se propone el uso de un sistema automatizado conocido como SIPRED’96, pero por extemporaneidad, su distribución y uso por parte de los contribuyentes y la CPO se relegó hasta el siguiente ejercicio fiscal.
  • Nuevo sistema automatizado

    Se implanta un sistema automatizado de información de uso específico para capturar, editar, y presentar el dictamen fiscal a la SHCP en una base de datos, simplificando y cambiando por completo el entorno operativo de la hoja electrónica de cálculo que tradicionalmente manejaban los contribuyentes.
  • Uso de nueva versión de SIPRED

    El contribuyente hará uso del SIPRED, el cual es una versión mejorada del SIPRED’98
  • Presentacion del Dictamen por Internet

    Se hace obligatoria la presentación del dictamen por medio de Internet.
  • SIPRED

    El SAT dio a conocer a través de su portal de Internet, el Sistema de Presentación del Dictamen Fiscal (SIPRED 2009).
  • Revisión de actividad del contribuyente

    Se reviso la actividad del contribuyente de acuerdo con lo que establece la ley federal para la prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia licita (LFPIORPI), que inicio su vigencia el 17 de Julio del 2013, para verificar si correspondía a una de las 15 actividades vulnerables señaladas en dicha ley.