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El artículo "The right to privacy" redactado por Samuel Warren y Louis Brandeis da como idea principal un derecho a la privacidad, que garantiza la protección de información personal, pues se estaba en contra de injerencias por parte de los medios de información. -
La Constitución Mexicana de 1917 (nuestra actual Constitución), fue proclamada por Venustiano Carranza, en donde se establecían derechos relacionados con la intimidad de los individuos. -
Documento importante en la historia de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de Derechos Humanos y conformada por treinta artículos.
El artículo 12 del mismo documento (relevante en este tema), establece lo siguiente:
"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques." -
El convenio señala términos tales como "vie privée" o "private (and family) life" en su artículo número 8; las versiones únicamente en inglés y francés, sin embargo se sigue sin explicar el concepto exacto de dichos términos. -
Se reforma el artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el 17 de éste convenio. -
- Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación.
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Ley sobre tratamiento de datos personales, en Alemania. -
De acuerdo a la información recopilada de Hernández (2014), entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares en donde la institución encargada del cumplimiento de dicha ley es Data Inspektion Board. -
Surge el privacy Act, la cual establece un código de prácticas justas de información que gobierna la recopilación, mantenimiento, uso y difusión de información sobre individuos que se mantiene en sistemas de registros por agencias federales. -
Ley sobre "informática, ficheros y libertades" -
Se crea gracias al Consejo de Europa titulado “The Convention for the protection of individuals with regard to automatic processing of personal data”, en la que participan los mismos miembros del Consejo y otros estados COMO Uruguay y México. -
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales -
Se establece que la información relativa de las personas no debe ser procesada por métodos ilegales, ni debe ser utilizada con fines contrarios a los que establece la carta de Naciones Unidas.
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Brasil fue el primer país latinoamericano en promulgar una Ley sobre Protección de Datos. -
Se crea la primera red social en el mundo, llamada SixDegrees, y como se sabe se empiezan a crear nuevas formas de otorgar datos personales, pues ésta permitía localizar a otros miembros de la red y crear listas de amigos de todo el mundo , posteriormente con el paso del tiempo, incluso en la actualidad siguen surgiendo nuevas redes sociales, cada vez más innovadoras. -
Acercamiento a la protección de la privacidad de la información.
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Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, hoy en día llamada INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales), se creó con la finalidad de proporcionar procedimientos y los sistemas necesarios para garantizar ese derecho de acceso a la información de los ciudadanos. -
México:
Teniendo como fin: "... garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos Constitucionales Autónomos o con autonomía legal y cualquier otra entidad federal."
Tomado de: https://www.google.com.mx/url?sa=t&source=web&rct=j&url=http://www.oas.org/juridico/spanish/mec_avance_mexiii.pdf&ved=2ahUKEwjBysT06KryAhV9mGoFHTHUA4sQFnoECBQQBg&usg=AOvVaw0bLbfwiWxfkkE9uWgJ7iXY -
Creación de leyes que garantizaran la protección de datos de las personas.
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Se aprueba el decreto para la adición de un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Mexicana, relacionado con el derecho a la protección de datos personales.
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Dotade facultades al Congreso al Congreso Federal para legislar en materia de protección de datos en posesión de los particulares.
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Se reforma dicho artículo, se reconoce el derecho a la protección de datos personales como garantía fundamental y autónoma.
"Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley..." -
Derecho de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, de acuerdo LOPD (2018) otorgan protección a los ciudadanos y evitan que sus datos sean tratados de manera incorrecta. -
Se publica en el Diario Oficial de la Federación la entrada en vigor la Ley Federal de Protección de datos en posesión de particulares y convierte al Ifai en la autoridad nacional en materia de protección de datos personales en posesión de particulares. -
Publicada en el el Diario Oficial de la Federación de México, tiene como objeto regular, el uso, aprovechamiento y explotación del espacio que se utiliza para brindar los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, las redes públicas de telecomunicaciones, además de prever los derechos de los usuarios y las audiencias, ésto de acuerdo a http://www.ift.org.mx/que-es-el-ift/ley-federal-de-telecomunicaciones-y-radiodifusion -
Entra en vigor la Ley General de Transparencia y Acceso a la información pública, derribado a ello se crea el INAI -
Documento publicado por la CNDH, tratándose de México, con el propósito de establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados. -
Emitió la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. -
Documentos significativos para el manejo de datos personales en la red, en donde se incluía el Uso de Cookies.
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Ésta nueva reforma exige a los usuarios a proporcionar datos biométricos (padrón de datos biométricos) para poder tener un servicio telefónico.
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