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Última parte del artículo 6o. De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el derecho a la información. Derecho fundamental novedoso, pero ante la ausencia de una ley que lo reglamentara, nunca pudo comprender sus beneficios.
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Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, surgió bajo el primer Gobierno de oposición en México.
Por vez primera en la historia de este país, el Congreso de la Unión
expidió una ley que dio contenido, significado y alcance a ese derecho fundamental. -
El artículo 6o. constitucional fue objeto de una nueva reforma,
la cual encumbró, sin duda alguna, al derecho a la información como uno de los “nuevos derechos” del constitucionalismo mexicano. -
Art. 6 Derecho a la réplica (CPEUM)
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Artículo 16 establece que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos.
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Art. 16 Derecho a la protección de datos personales; y derechos ARCO.
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Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de Particulares.
Todas las empresas y organizaciones se comprometen a salvaguardar los datos personales de sus clientes, proveedores y colaboradores. -
Artículo 6.
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. -
La ley establecerá aquella información que se considere reservada o confidencial.
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Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de observancia general en toda la República Mexicana; tiene por objeto garantizar y reglamentar el ejercicio del derecho de réplica que establece el primer párrafo del artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados.
Son sujetos obligados por esta Ley, en el ámbito federal, estatal y municipal, cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos. -
Ley federal de transparencia y acceso a la información pública.
Ley de orden público y tiene por objeto proveer lo necesario en el ámbito
federal, para garantizar el derecho de acceso a la Información Pública en posesión de cualquier
autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial.