
EVOLUCIÓN DE LA PROTECCIÓN DE DATOS EN MÉXICO MARIA ALEJANDRA ALONZO ESTEBAN-202026938-HORARIO:L,MI-V(7:00-8:30)-NRC:34420
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La Organización de las Naciones Unida proclama la Declaración de los Derechos Humanos, en la cual establece que nadie podría sujeto de injerencias arbitrarias en su vida, familia, domicilio o correspondencia.
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La protección de información personal se fue DESLIGANDO del derecho a la intimidad, hasta constituirse expresamente en un DERECHO FUNDAMENTAL CON UN CONTENIDO INDEPENDIENTE.
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Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico -OCDE- se emitió una recomendación que contiene las
“Directrices relativas a la protección de la privacidad y flujos transfronterizos de
datos personales” -
Enumera una serie de principios en materia de
protección de datos personales de aplicación mundial. -
Reconoce el derecho a la protección de datos como
un derecho fundamental y autónomo, distinto al
derecho a la intimidad y la privacidad de las personas -
Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
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Primeras mencione constitucionales expresas. Limitantes al ejercicio del derecho de acceso a la información.
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Reconocimiento expreso del derecho de las personas a la protección de sus datos personales y al ejercicio de éste.
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La Cámara de Diputados aprobó el
proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares y se reforman diversos artículos de la
LFTAIPG. -
El Poder Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la
Federación la Ley Federal de Protección de Datos Personales en
posesión de los Particulares. -
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados