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1º Etapa: Edad Media (Siglos V-XV)
-Ayudas mutuas.
-Sistema de protección basado en la contribución.
-Religiosa.
-No se atacan los problemas sociales.
-Ámbito de la caridad cristiana. -
1492
2º Etapa: Edad Moderna (Siglo XVI)
-Beneficencia más social y humanista.
-Intervención pública.
-Leyes represoras, prohíben la
mendicidad.
-Juan Luis Vives destacó por defender la responsabilidad de las autoridades. -
3º Etapa: Beneficencia Pública (Siglo XVIII)
Durante la Revolución Francesa y la industrialización, surgió la Beneficencia Pública como forma de controlar la pobreza mediante leyes represivas y ayuda social puntual, sin abordar las causas de la pobreza ni mejorar las condiciones de los afectados. La ayuda era discrecional y no reconocía derechos ciudadanos. Esta etapa culminó con la Ley de Beneficencia de 1849, que permitió al estado asumir responsabilidades en áreas como salud, educación y asistencia social. -
4º Etapa: Asistencia Social (Siglo XIX y primera mitad del siglo XX )
El Estado reemplaza a la iglesia en la asistencia social y adopta un modelo de bienestar más amplio. Con la industrialización y la migración a alas ciudades, la clase burguesa crea organizaciones filantrópicas que ayudan a los necesitados, pero también defienden sus intereses. En este contexto, el movimiento obrero crece y logra avances como leyes de accidentes de trabajo(1900), condiciones laborales para mujeres y niños (1900), descanso semanal obligatorio (1904) y derecho a huela (1900). -
La acción social durante la Segunda Republica Española
Durante la Segunda República Española(1931-1939) se implementaron reformas para reducir desigualdades. Se crearon los primeros seguros sociales, para el posterior Sistema de Seguridad Social. La Constitución de 1931 concedió a las mujeres el derecho al voto. Se estableció la educación primaria gratuita, laica y obligatoria, y se crearon misiones pedagógicas para combatir el analfabetismo. Además, el instituto libre de enseñanza promovió una educación libre, laica y científica. -
La acción social durante la dictadura.
La victoria de Franco en la Guerra Civil (1936-1939) instauró una dictadura fascista que impidió reformas sociales. Durante el franquismo, existieron formas de caridad y asistencia social, pero el régimen limitó los derechos sociales y la participación política. Su economía anticuada dificultó el desarrollo de un Estado de Bienestar, y el modelo social era paternalista, basado en la caridad, lo que retrasó la implementación de servicios sociales en España respecto a otros países europeos. -
Marco legal básico del Estado de Bienestar
Se basa en la Constitución de 1978, que lo define como un Estado social, democrático y de derecho. Los artículos clave son:
• Artículo 9.2: Obliga a los poderes públicos a garantizar derechos y libertades.
• Artículo 41: Establece un sistema de Seguridad Social universal.
• Artículo 148: Permite a las Comunidades Autónomas gestionar la Asistencia Social.
Además, la Ley 7/1985 refuerza la descentralización al asignar a las administraciones locales la gestión de servicios de seguridad social. -
5º Etapa- Estado de Bienestar
Con la llegada de la de democracia en España, comienza una nueva etapa enfocada en los Servicios Sociales, dejando atrás los modelos benéfico-asistenciales. Se establece un Sistema de Protección que cubre educación, salud, vivienda, empleo, ingresos y servicios sociales públicos, siendo este ultimo un pilar clave para el Estado de Bienestar, promoviendo la cohesión social y reduciendo desigualdades. -
acción social de las Organizaciones Humanitarias
Las Organizaciones Humanitarias, parte del Tercer Sector, complementan las funciones del Sector Público. Son entidades no lucrativas con las siguientes características:
1. Formales: Tienen objetivos y metas planificadas.
2. Autónomas: Se autogobiernan y gestionan.
3. Privadas: No dependen del gobierno.
4. Altruistas: Integran el voluntariado, regulado por leyes como la Ley 45/2015 y la Ley 5/2004 en la Región de Murcia.
5. No lucrativas: Sus beneficios se reinvierten en fines sociales. -
Ley 3/2021, de 29 de julio, de SS.SS de la Región de Murcia
El Sistema de S.S de la Región de Murcia, regulado por la Ley 3/2021, se organiza en Áreas, Zonas y Unidades Básicas para ofrecer Atención Primaria y Especializada. La Atención Primaria incluye información, prevención, alojamiento alternativo y apoyo a familias. Los Servicios Especializados abordan necesidades complejas en sectores como familia, infancia, juventud, tercera edad, discapacidad, adicciones, mujer, minorías étnicas, diversidad sexual, pobreza, marginación y migrantes.