Evolución cronológica de los mecanismos de observancia

  • Ley 23 de 1982.

    Ley colombiana “Sobre derechos de autor”.
    Busca contrarestar las infracciones referentes a los actos ilícitos que afecten los derechos de autor en sus dimensiones morales y patrimoniales.
    Positivo: establece el contenido, limites y alcances del derecho. Es la primera vez que en colombia se reglamentaba puntualmente este campo. Esto evidentemente generó seguridad jurídica para los creadores.
  • DMCS (notice and take down), EEUU

    Proporciona protección segura a los "proveedores de servicios en línea" para el "almacenamiento en línea". Se aplica a los proveedores de servicios en línea que almacenan material que infringe los derechos de autor.
    Positivo: permite la elimiación en un proceso efectivo mediante el cual a través de una notificación, tras una orden judicial, se debe retirar el contenido infractor de los derechos de autor. Da lineamentos de cumplimiento a los proveedores del servicio.
  • Ley Urbani

    Difusión pública por medios tecnológicos de obras cinematográficas protegidas, cuando esto se realiza con ánimo de lucro.
    Positivo: Impide que se realice la piratería digital ya que se establece como tipo penal. También lo dificulta pues obliga a comunicar información para rastrear páginas web infractoras. Da medidas preventivas para que obras protegidas por el derecho de autor no sean libremente transferidas para uso privado.
    Negativo: no efectiva pues no se establecen lsa saciones.
  • DADVSI, Francia

    Intercambio de obras sin autorización a través de plataformas P2P.
    Positivo: Establece una obligación de vigilancia a quienes suministran el acceso a internet y a las sociedades de autores y editores. La norma da facultad a unas entidades para dicha vigilancia. Se imponen sanciones administrativas.
    Negativo: Va en detrimento de la intimidad y la privacidad de los usuarios de internet.
  • Ley contra la descarga ilegal, Alemania

    Descarga ilegal con ánimo de lucro, de obras protegidas por el derecho de autor.
    Positivo: Se penaliza la descarga ilegal con la pena privativa de la libertad hasta por 5 años, y con cuantiosas multas siendo así un desinsentivo. Autorizan a los servidores de internet a proporcionar los datos de los usuarios infractores, siempre que medie una orden judicial.
    Negativo: Se dificulta la acción de determinar si la persona es infractora del derecho de autor por la obligación de orden judicial. .
  • Acuerdo EIRCOM - IRMA, Irlanda

    Descargas ilegales en línea de obras protegidas por derecho de autor.
    Positivo: la infracción es mucho más coordinada, y facilita la prevención de la conducta ilícita pues asocia a la industria musical y al proveedor de servicios de internet. Implementa un sistema gradual de advertencias al usuario infractor con una sanción desde el cuarto anuncio.
    Negativo: se pueden idear trucos ilicitos para evitar las sanciones, por ejemplo, utilizando otros nombres.
  • HADOPI, Francia

    Descarga ilegal de contenidos protegidos por derecho de autor.
    Positivo: Contempla mecanismos de respuesta gradual que dan un margen de tiempo al usuario infractor para corregir su conducta. Permite solicitar la información de los usuarios a los operadores de internet
    Negativo: Dota a HADOPI de numerosas facultades que facilitan la implementación de cualquier sanción mediante configuración de normativas arbitrarias. Esto ya que HADOPI puede crear las regulaciones que estime necesarias.
  • Ley Antipiratería, Suecia

    Regula el intercambio no autorizado de archivos en internet, que no sea para uso personal.
    Positivo: El poseedor de los derechos de propiedad intelectual puede acudir a los Tribunales para que estos soliciten a los servidores de internet, el develamiento de la identidad de quien comparte un archivo de forma ilícita, reclamando así indemnizaciones.
    Negativo: sólo se puede acceder a la identidad del infractor si el intercambio ilegal es de "cierta dimensión" siendo esto muy imrpeciso.
  • Digital Economy, Gran Bretaña

    Promulgada en el 2010 pero fue modificada en el 2017. Buscaba: regular la infraestructura y los servicios de las comunicaciones, restringir acceso a pornografía, disposiciones sobre la Propiedad Intelectual en relación con las comunicaciones electrónicas.
    Positivo: Protege los derechos de autor aumentando las condenas de prisión de los piratas de internet en línea, pasando de 2 a 10 años de cárcel.
    Negativo: dudas acerca de afectació a los servicios públicos de wi-fi.
  • Ley Sinde, España

    Crea un organizmo que tiene la posibilidad de definir el cierre de páginas web que se encuentren vulnerando los derechos de autor y de propiedad intelectual.
    Positivo: identificar y controlar de forma más efectivas las infracciones.
    Negativo: Afirman que se vulnera el debido proceso y la libertad de expresión, además de irrespetar el sistema jurídico español. Mo existe una instancia judicial con voz y voto en el proceso, por tanto no se permite que este pueda ser considerado como justo.
  • Ley Lleras, Colombia

    Permitía responsabilizar a aquellos sujetos que cometen infracciones al derecho y a los derechos conexos en internet; se incluía los proveedores de internet.
    Positivo: se creó para cumplir con una de las exigencias del PND 2010-2014 y con los TLC con EEUU y con la UE. Se pretendía sancionar las conductas con un propósito de lucro
    Negativo: Los proveedores de internet decidia sobre las infracciones. Había poca claridad sobre que constituía infracción.
  • Ley centemero, Italia

    Pretende que se realice una desconexión del servicio de internet a aquellas personas que han hecho un uso incorrecto de este servicio y han descargado material protegido por el copyright.
    Positivo: Al regular las descargas ilegales imponiendo sanciones como la desconexión del internet, se pretende hacer una protección efectiva de los derechos de autor de las obras que circulan por el internet.
    Negativo: viola el debido proceso (no hay apleación), la libertad de expresión e intimidad.
  • Ley PIPA, EEUU

    Establece que por medio de una orden judicial se puedan bloquear las páginas que atentan contra el derecho de autor y los derechos propiedad intelectual. Pretende que los proveedores de internet impidan el acceso a este tipo de páginas para evitar que se configuren infracciones.
    Positivo: se pretende atacar la piratería en línea.
    Negativo: incertidumbre sobre control y vigilancia de empresas sobre el material que comparten sus usuarios. Podría llegar a fragmentar el internet.
  • Ley SOPA, EEUU

    Pretende responsabilizar a los buscadores, portales y páginas que publiquen links que se encuentren protegidos por el derecho de autor. Mediante una orden judicial, se podría obligar a eliminar aquellos enlaces o páginas infractoras.
    Positivo: los proveedores de internet tienen la obligación de vigilar sus servicios en aras de establecer las páginas web que compartan materiales ilegales
    Negativo: con una mera acusación - que no tiene que ser verificada- podría bloquear una página web